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  • Sucesion - Derecho representacion ayuda!

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #725226  por cotup
 
Estimados, soy nueva en la profesión y agradecería si pueden darme una mano.
Les comento el caso, A tiene 2 hijos B y C (ambos casados y con hijos). Fallece B hace varios años, quedando su esposo (D) e hija (E). Y el año pasado fallece A. Tengo entendido que en la sucesion se debe presentar C (hijo de A) y E en representación de su madre (nieta de A e hija de B). El esposo viudo de B, no tendria q presentarse en sucesion no? Quedaria %50 para C y %50 para E, esto es asi?
Desde ya muchas gracias de antemano!
 #725240  por ELISEA_SEP
 
cotup no es asi, si b podria recibir la herencia, seria un bien propio.....y en los bienes propios los hijos y el viudo heredan en partes iguales.-
En el caso que planteas se dividiria de la siguiente forma:
-50% para c
-25% para el conyuge del que fallecio
-25 % para el hijo del que fallecio
Ambos concurren en derecho de representasion de b.-
Espero haber sido clara, suerte
 #726624  por cotup
 
Tenía entendido que conyuge no tiene derecho de representacion
Art. 3.549. La representación es el derecho por el cual los hijos de un grado ulterior son colocados en el grado que ocupaba su padre o madre en la familia del difunto, a fin de suceder juntos en su lugar a la misma parte de la herencia a la cual el padre o la madre habrían sucedido.
Es decir que el viudo no heredaría pues su esposa falleció antes que los padres y su hija entran por derecho de representación. Osea que a D no le correspondería nada. puede que sea asi?
Disculpa mi insistencia
 #726674  por abogadorosario
 
Hola, no estudie el caso a fondo pero creo q tenes razon en lo q planteas. No podría hablarse de bienes propios o gananciales -como sugieren arriba- ya que cuando la sucesion se abre ya no hay sociedad conyugal (se disolvio por la muerte de B). Igual esperá otras opiniones ya q el tema no es mi especialidad. Saludos
 #727222  por pablin
 
Hola,
entiendo que el derecho de representación solo cae en cabeza de los hijos.
En tu caso, solo el hijo representa a su madre, y el cónyuge supérstite nada hereda.

Saludos, Pablín.