Colegas no suelo hacer penal, pero he aquí que tengo un caso donde a mi cliente se le retiene su auto que fue comprado en una agencia, luego de 5 dias el auto no andaba más,. Lo lleva al agenciero el cual lo lleva al taller mecánico, y hace 6 meses que no se lo ha entregado. Se le ha enviado cartas documento intimando a la entrega del rodado pero jamás contesto. Encuentro que debo iniciar la retención indebida en sede penal, ( jamás hice nada allí, ya que me dedico al laboral). si alguien tiene algún aporte, hice una demanda solicitando la restitución por el art. 173 del C.P. Pero me gustaria estar mas segura desde ya gracias
Hola, ¿Usted se refiere a el artículo: ?
173 CP - Inciso 2. El que con perjuicio de otro se negare a restituir o no restituyere a su debido tiempo, dinero, efectos o cualquier otra cosa mueble que se le haya dado en depósito, comisión, administración u otro título que produzca obligación de entregar o devolver;
Ahora, ¿su cliente conserva en su poder alguna prueba de la, digamos, operación....?
Saludos.