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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #724717  por 9229
 
Estimados! buenas tardes! tengo que iniciar una sucesión pero nunca lo he hecho!! tengo algunas consultas:

Se trata de tres hermanos que quieren hacer la sucesión de una propiedad. La propiedad es bien propio de la madre, divorciada. Uno de los hermanos se encuentra en el exterior.

Las preguntas ante este cuadro serían:

1- Qué documentación debe pedirse respecto al hermano extranjero?
2- Cómo se haría para firmar un poder si este hermano está fuera del país?
3- Qué honorarios corresponden? Se debe solicitar la valucación fiscal para determinarlos?

Desde ya como siempre muchas gracias!!!
 #724730  por felicitas22
 
hola !! 1 inicia la susecion con todos los datos presenta las partidas de nacimiento certificadas y al sr que esta en el extranjero que te envie el poder general para que lo reoresentes todo legalizado. en el pais que esta y que lo legalice en el consulado , con respecto alos honorarios se toma la valuacion fiscal. primero presenta todo luego el juzgado te va guiando. si con el poder alcanza (yo cro que si) o se hace via exorto. un beso ugual esperemos mas respuestas
 #724739  por analiaTorres
 
Con el poder es suficiente.. te lo puede mandar a vos.. o a favor de alguno de los hermanos... Pedi gastos de inicio... pensa que despues hay que diligenciar oficios, edictos... y siempre gastas plata.. y despues los informes de anotaciones personales.. informes de dominio de la propiedad... es un gasto.. yo pido dinero en concepto de gastos de inicio.. mas los otros gastos.. y despues lo que regula el juez mas aportes...
 #727573  por 9229
 
Muchas gracias! como siempre una ayuda!

Saben cómo es el tema de la valuación fiscal en Provincia? funciona lo del agrimensor aun o se puede pedir por ej una valuación via oficio?

mil gracias
 #727597  por Tiburcio
 
La valuación fiscal que se toma para fijar los honorarios y la tasa de justicia es la que surge de la cédula catastral, que debe ser confeccionada antes de pedir la inscripción de la declaratoria de herederos.
Si uno de los herederos tiene domicilio en el exterior para vender el inmueble de la sucesión es necesario hacer un trámite ante AFIP que puede tardar hasta un año y que normalmente debe encomendarse a un contador.
Mi opinión es que le mandes el escrito a firmar a ese heredero por correo, pongas como domicilio al de uno de sus hermanos y no le pidas poder porque de este modo quedará claro que su domicilio no es en el país.
 #728588  por analiaTorres
 
Pero si le manda un poder especial con respecto a ese bien.. para que lo pueda vender, transferir, ceder, etc... es necesario lo que decis? estoy confundida...