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  • Se allana al cumplimiento a parte de la intimación

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #72440  por Mary
 
Hola! Lespido si me dan una mano:
Tengo un empleado registrado a lque le hice mandar TCL de intimación: En principio tiene alta y baja con 4 meses de diferencia para licuar antiguedad y además en la 2da alta lo bajaron de puesto y hace exactamente el mismo trabajo, asimismo intimé por real CCT (está en UOCRA) y trabaja en una Electromecánica.
Intimé porque le deben 3 quincenas,vacaciones, asignaciones familiares y cómo si todo fuera poco los aportes previsionales se encontraban con irregularidades.

A todo esto me contesta el empleador que está a su disposición los salarios debidos, las asignaciones y que arreglaron el tema previsional.

Solicitan que se reintegre al trabajo. A todo esto tiene un certificado medico poruna dolencia.


El tema es asi tenía una cantidad innumerable de injurias laborales. Ahora parece que no. (según sus dichos nomás)

El hecho es éste: se considerar despedido por el tema de la real fecha de ingreso y el tema del CCT incorrecto (ahí tengo dif salariales también), el tema de que lo bajaron de puesto creo que es discutible.

En fin:Les pido si me dicen cómo contesto el tema de las aceveraciones que hace el empleador que supuestamnete está toda la deuda a su disposición y que arregló el tema previsional.

Mil gracias a todos!!!!!!

Por favor lo preciso para el lunes :P

 #72441  por Sailaw
 
Si tiene un certificado médico que lo haga valer, mandale un despacho notificando la dolencia y solicitando médico.

Yo aguantaría hasta fin de mes, sería interesante ver como expiden el próximo recibo de sueldos

 #72442  por Sailaw
 
Respecto de Ius variandi, el tema pasa por el consentir o no del trabajador al mismo (tiempo transcurrido)

 #72445  por Mary
 
Hola!
Gracias. El certificado medico lo tengo ya desde hace unos días y pedimos medico de la empresa y no fue nadie.
Mipregunta es: La única injuria que entiendo para considerarse despedido es el CCT incorrecto. Pregunto si puedo considerarlo despedido con eso y además apercibirlos para el caso de que lo que dicen no sea cierto.
Otra cosa: Recién estuve viendo en ANSES y en la hoja de servivios lo dieron de baja en octubre, antes de notificar la enfermedad por la que se ausenta al trabajo.
Última edición por Mary el Sab, 17 Nov 2007, 11:40, editado 1 vez en total.

 #72446  por Sailaw
 
Como es eso que lo dieron de baja en el Anses?

 #72447  por Mary
 
Hola!
Si de no creer en octubre está labaja. Y en mis aportes en junio y otros meses me aparece impago.

Te cuento en historia laboral me aparece:
desde 04/2006 hasta 10/2007 Entiendo que le dieron la baja en octubre.

 #72520  por klaudia7
 
Hola Mary no es que le dieron de baja en Octubre, es que aparece en la página de ANSeS como el último aporte efectuado, si ingresas en la autopista de servicios al CODEM tambien te vas a dar cuenta que aparece Octubre como último aporte.
Los empleadores realizan los aportes creo que los días 10 o 15 de cada mes es a mes vencido, por lo tanto el aporte de Noviembre te va a figurar en Diciembre, me entendes?
Sino llama al 0800-222-6737 de ANSeS y preguntale a un humano, creo que la opción ahora es 2-2-4.
Saludos.
klaudia.

 #72535  por Sailaw
 
Respecto de los importes impagos, sería de aplicación el 132 bis de la LCT, se necesita la intimación del decreto 146/2001 articulo 1ro.

 #72610  por DAL
 
No lo des por despedido por una diferencia de convenio ya que estos temas son muy dificiles. Si toda la empresa esta en Uocra por algo será y es muy dificil que la empresa entera se mude de convenio.- Las acciones de encuadramiento sindical son potestad exlusiva del ministrio de trabajo y tardan años.

Tiene libreta de desempleo????? Si es así el regimen es distinto.

Si esta en la LCT no licua para nada la antiguedad la renuncia ya que el empleado conserva la antiguedad a todos los efectos legales. Si esta en Uocra debio cobrar el seguro de desempleo. Es una practica muy comun trabajar y al año salir y volver a entrar para cobrar el desempleo.

Fijate bien. Y si le hicieron lugar a todo lo que pidio ahora va a tener que seguir trabajando. Intimaste por la 24013??? si se aplica no lo pueden despedir por dos años.

Aconsejale que vaya a AFIP y se saque una clave de seguridad 3 y confirma en MIS APORTES su situación respecto a aportes. Es muy completa esa pagina.

Saludos!!!
 #72640  por hector mathieu
 
comparto con DAL no lo des por despedido, peor es el caso porque entiendo que dices que existe una intimacion a retomar las tareas, yo considero que si el no lohace el configura la injuria, tiene el puesto a su disposicion y no lo toma. segui como primer paso el de la Afip y tambien me parece coherente de esperar el proximo recibo que reciba el pago luego se computa por el 260 LCT de pago a cuenta, ppor si hay miedo que no pague, y cuidado con nuestros clientes analizar bien que es lo que mas conviene tecnicamente pero cuidado con sus dichos que muchas veces nos manifiestan algunas cosas que no lo son tales.

 #72662  por Mary
 
Hola!
Gracias a todos por su ayuda. Les cuento que claro que intimé por el decreto 146/01.
Me reconocieron la falta de aportes previsionales, los salarios impagos, vacaciones impagas, asignaciones familiares impagas y entonces intiman a que reingrese y que está el dinero a su disposición y que regularizaron los aportes previsionales.

Entonces es un tema: le tengo que decir que vuelva a trabajar, Puede exigir que le den el $ que le deben ni bien se presenta al empleo???

gracias

PD Esta persona tiene 4 hijos y hace un mes que no cobra nada.

 #72672  por Sailaw
 
Si reconocieron adeudar, perfecto

Ahora bien, pusieron a disposición de tu cliente las sumas pendientes de pago?

 #72694  por DAL
 
YO te diría que vaya a trabajar urgente salvo que tenga una enfermedad con certificados debidamente acreditado.

Segundo le tienen que pagar en el plazo estipulado, cuando se presenta si lo tiene a disposición y si cuadno va no le pagan intimá a que lo paguen en el termino de cuatro días o menos si te parece (nunca menos de dos habiles).

Respecto del convenio estudia muy bien el tema ya que no es facil.
Pero intenten cobrar!!!! todo lo demás despues se ve, y la plata le calmaría los nervios hasta poder rearmar toda la estrategia.

 #72726  por Sailaw
 
Si le adeudan dinero y eso está reconocido, y no le ofrecieron pagarlo, lo que se puede hacer es la aplicación de retención de trabajo.

Además invocar el 1201 del CC, en los contratos bilaterales, el que está en mora no puede reclamar el cumplimiento de la otra parte.

 #72767  por Mary
 
Hola!

Muchas gracias a todos