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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #493747  por carmelos
 
Hola foristas:

Una simple consulta: cuando se trata de fracciones de meses bajo relación de dependencia (x cantidad de días y no el mes entero), es necesario o conveniente superponerle el mes entero comprado como autónomo en SICAM? Dicho de otra manera: es necesario que los meses sean completos para llegar a los 30 años de aportes y que así acepten el trámite jubilatorio? Gracias a todos por tu tiempo.
 #493756  por empedocles
 
No se entiende tu pregunta o a mí me aplastó el calor.- Cómo es la cosa? tiene certificado en días? si es así le vas a sumar la cantidad de días que tenga y te va a dar el tiempo efectivo trabajado.-
Otra: querés tomar días cmo autónomo, como para completar un mes que tenés certificado por ej. 10 días? ahí tenés que declarar el mes completo; el SICAM no toma fraccionado el mes, tampoco cuando se hacían las deudas manuales. *suerte*
 #493772  por carmelos
 
Gracias por tu respuesta, empedocles. Había preguntado porque tengo el caso de una Certificación de Servicios donde figuran trabajados 6 años, 1 mes y 28 días, en lugar de 6 años y 2 meses. Entonces dudaba si era necesario cubrir ese par de días que faltan. Y en ese caso, si tenía que hacerlo superponiendo con un mes completo comprado como autónomo. Parece que es así, según me decías. Habrá que comprar el mes completo, entonces. Perdón por lo confuso de la pregunta, gracias por contestarla a pesar de eso.
Y me surgió otra duda: al estar superpuestos lo de autónomos y lo de RRDD en un mes, cómo se declararía esa cuestión al solicitar la jubilación?
Saludos. *suerte*
 #493837  por lgaray
 
Si, tenés que cubrir los dos dias si te certificaron 28. Comprale ese mismo mes en el Sicam para que te tome el mes completo.
No será un Febrero que no fué bisiesto ¿ no ?
Lo declarás en el pedido de turno tal cual
Empresa xx: del xx al xxx
y como en el Autónomo no hace falta detallar los cortes, le mandas
Autonomo: desde xxx hasta xxxx. Primer dia y ultimo de lo que hayas tomado como Autónomo
En la SPP lo mismo
 #493870  por carmelos
 
Muchas gracias por tu ayuda, lgaray! El mes incompleto era un noviembre, donde decía que empezó a trabajar el día 2/11. Entonces, en la parte de Total Nominal de tareas de la Certificación de Servicios decía 6 años, 1 mes y 28 días. Voy a tener muy en cuenta tus consejos, te agradezco el tiempo y los datos que me diste. Ojalá que en el futuro también yo pueda servir de ayuda. Hasta la próxima.
 #494286  por mmendoza
 
Tengo una duda...para los casos en que uno no tiene certificacion de servicio pero los aportes surgen de la sabana de aportes.....en esos casos se toma el mes entero?

sdosl
 #494296  por periquita
 
carmelos escribió:Gracias por tu respuesta, empedocles. Había preguntado porque tengo el caso de una Certificación de Servicios donde figuran trabajados 6 años, 1 mes y 28 días, en lugar de 6 años y 2 meses. Entonces dudaba si era necesario cubrir ese par de días que faltan. Y en ese caso, si tenía que hacerlo superponiendo con un mes completo comprado como autónomo. Parece que es así, según me decías.
Sí, es así
Habrá que comprar el mes completo, entonces. Perdón por lo confuso de la pregunta, gracias por contestarla a pesar de eso.
Y me surgió otra duda: al estar superpuestos lo de autónomos y lo de RRDD en un mes, cómo se declararía esa cuestión al solicitar la jubilación?
Declarás como es la realidad y sensumará un mes completo, descontando los 28 días.
Saludos. *suerte*
 #494297  por periquita
 
mmendoza escribió:Tengo una duda...para los casos en que uno no tiene certificacion de servicio pero los aportes surgen de la sabana de aportes.....en esos casos se toma el mes entero?

sdosl
Si
 #728170  por GABRILITAIURIS
 
Muy buenos dias para todos, tengo la siguiente consulta respecto al tema. Si tengo reconocido por Anses :
27/11/1968-25/09/1970 en RRDD, puedo comprar como autonomo 401 el periodo 11/1968 y 09/1970.Creo que el mes 11 si ya que pudo haber aportado desde 1/11/1968 y comenzo en RRDD el dia 27,pero me queda la duda con los 5 dias del mes 09/1970, me tomara el mes completo?Muchas gracias y espero haber sido clara =)
 #728200  por MARIO1943
 
GABRILITAIURIS escribió:Muy buenos dias para todos, tengo la siguiente consulta respecto al tema. Si tengo reconocido por Anses :
27/11/1968-25/09/1970 en RRDD, puedo comprar como autonomo 401 el periodo 11/1968 y 09/1970.Creo que el mes 11 si ya que pudo haber aportado desde 1/11/1968 y comenzo en RRDD el dia 27,pero me queda la duda con los 5 dias del mes 09/1970, me tomara el mes completo?Muchas gracias y espero haber sido clara =)
TENES DOS OPCIONES

1) CON EL 27/11/1968 Y 25/09/1970, COMPUTAS SOLO 1 MES, POR LO TANTO NO TENES QUE COMPRAR EL MES 11/68 Y EL MES 9/1970, O SEA COMPRAS HASTA EL 10/1968 Y A PARTIR DEL 10/1970
2) SI TENES EXCESO D E EDAD Y TE SOBRAN DIAS, ESE SOBRANTE DE DIAS LO PODES COMPLETAR SI TE ALCANZA PARA EL 27/11/1968 Y EL 25/09/1970
EJEMPLO SI TENES EXCESO DE EDAD, 19 MESES, TENES PARA APLICAR 9 MESES Y 15 DIAS DE ART. 19, ESE SOBRANTE D E 15 DIAS TE ESTARIA CUBRIENDO LOS DIAS QUE TE FALTAN TANTO PARA 27/11 Y 25/09
 #728201  por arielruiz86
 
Si, se puede comprar el mes en que tiene aportes en RRDD por dias, solo que el sicam lo toma como mes entero a este pero el computo del anses sera solamente por los dias correspondiente como autonomo respetando los dias o fraccion del aporte en RRDD. En la solicitud debes cargar los dias correspondiente a cada uno de ellos en el mes. Yo he echo varias presentaciones asi cuando no habia otra forma de completar los dias o meses faltantes y entraba justo hasta el 09/93 y no tener que esperar mas tiempo para compensar con el exceso de edad como dice mario.
 #728202  por diegomdp
 
carmelos escribió:Muchas gracias por tu ayuda, lgaray! El mes incompleto era un noviembre, donde decía que empezó a trabajar el día 2/11. Entonces, en la parte de Total Nominal de tareas de la Certificación de Servicios decía 6 años, 1 mes y 28 días. Voy a tener muy en cuenta tus consejos, te agradezco el tiempo y los datos que me diste. Ojalá que en el futuro también yo pueda servir de ayuda. Hasta la próxima.
si empezo a trabajar el dia 2 los dias trabajados son 29 no 28, el iniciador te va a cargar desde el 2 y el sica va a leer 29 por mas que el que confecciono la certificacin de servicios no sepa sumar.
si el tramite fuera para pbu-pc -pap o para cualquier otro tramite donde se declare exceso de edad yo dejaria pasar 2 dias y con eso tenes compesado el dia que te falta para completar los 30 dias y hacer el mes completo
 #728223  por GABRILITAIURIS
 
entonces poder puedo comprar 11/1968 y 09/1970 como autonomo,me lo toma como mes completo.necesito esos dos meses, sino tengo que esperar a octubre para tener exceso de edad.me lo toman como 11/1968 y 09/1970 como autonomo y rrdd?no se si entendi bien...
 #728229  por arielruiz86
 
Ya lo conteste, podes, pero te aclaro que en el computo no suma simultaneamente los aportes, osea, no se duplica los aportes cuando compras el mismo mes en que tiene dias en RRDD, vamos a tu ejemplo; el mes 11/1968 tenes en RRDD desde el dia 27 al 30 (4 dias) al comprar con el sicam tambien este mismo mes solo se va a computar 26 dias como autonomos, con lo cual la suma de ambos computos sera los 30 dias o el mes entero. Lo que estoy queriendo decir es que si no compras con el sicam al menos el mes 11/68 perdes en el computo preciados 26 dias de autonomos.