Diego. te puedo corregir ? es menos todavia.
Tenes que hacer esta cuenta en pcia.
600 X 24 meses
a eso le sacas del 8 a 25% de un art. de la 8904
y despues a eso le tenes q sacar otro porcentaje mas (el 15% generalmente) tambien de la 8904
te da aprox. 590 $
En un aumento de cuota alimentaria mi cuota ascensio 650 (de 550 subio 650 mas: total 1200).
para el calculo el juzgado tomo esos 650 x 24 y saco el primer porcentaje.
Luego aplico el porcentaje para los incidentes (aplico el 15%) y me termino regulando
$ 592
chequealo bien.
ley 8904 ARTICULO 21°
ley 8904 ARTICULO 39
diegogvillamayor escribió:lo que digo sale de la ley de honorarios......
leela y ahi te va a evacuar las dudas, depende si es capital o prov va a ser x 12 o por x24 meses
600x24=14400 x el 15 % =2160 de honorarios.
eso sirve cuando hay mucha diferencia entre la cuota vieja y la nueva, sino no.
Si cobras 2 cuotas de 1200 la cuota nueva vas a cobrar 2400,
cobrar 2 cuotas es siempre mejor xq ganas mas.
Ahora si vos elejiste cobrar 1200 de honorarios es tema tuyo...............