Hola foristas: tengo una duda respecto de un acuerdo por alimentos que se concilio en etapa previa donde patrocine a la actora: en la audiencia el demandado tomo a su cargo el pago de los honorarios mios, " en dos pagos" como lo hizo constar la consejera de familia, pero no detallo la fecha de los mismos,(jejeje) (aunque hablamos que serian uno en la semana de la firma de ese acuerdo y otro pago a los 30 dias). Ya han pasado varios dias y no vino a pagarme este señor, tampoco contesta llamados. Que hago? Ejecuto aunque no tenga ese acuerdo la fecha en que deberian hacerse esos pagos?, espero sus comentarios gracias!
Creo que en principio deberías intimarlo al pago y constituirlo en mora, dado que no estableciste en el acta ningún plazo para el pago de tus honorarios.
Saludos