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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #729421  por Let
 
Hola!
Una sra cuidaba a una persona mayor y se le abonaba la remuneración pactada y se le pagaban los aportes con el form. 102 por mas de 16 horas semanales.
La persona a la que cuidaba fallece en marzo y por ese motivo se cortó la relación "laboral". Se le abono el mes entero, aguinaldo proporcional y vacaciones proporcionales.
Teniendo en cuenta que la relación se cortó por fallecimiento de la persona a la que cuidaba... en este caso procedería igualmente una indemnización por despido calculado según el decreto que regula el servicio domestico?.
En caso afirmativo, si las dos partes están de acuerdo... como conviene confeccionar el acuerdo a homologarse? debería calcularse las diferencias salariales?
Gracias.
 #729427  por lilita09
 
Let escribió:Hola!
Una sra cuidaba a una persona mayor y se le abonaba la remuneración pactada y se le pagaban los aportes con el form. 102 por mas de 16 horas semanales.
La persona a la que cuidaba fallece en marzo y por ese motivo se cortó la relación "laboral". Se le abono el mes entero, aguinaldo proporcional y vacaciones proporcionales.
Teniendo en cuenta que la relación se cortó por fallecimiento de la persona a la que cuidaba... en este caso procedería igualmente una indemnización por despido calculado según el decreto que regula el servicio domestico?.
En caso afirmativo, si las dos partes están de acuerdo... como conviene confeccionar el acuerdo a homologarse? debería calcularse las diferencias salariales?
Gracias.
Te aconsejo sub-foro derecho Laboral,acá solo previsional,saludos.
 #729429  por Let
 
Es verdad lilita, me olvidé de cambiar de foro, me equivoqué! gracias por hacerlo notar.. Saludos
 #729440  por Aimael
 
las diferencia salariales siempre se pueden reclamar, no hay despido para mi, es CAUSA DE EXTINCION NO PREVISTA EN EL DECRETO 326/56, En el estatuto del empleado domestico no esta comprendida la indemnización por fallecimiento del empleador y no es de aplicación la LCT. Solo tiene derecho a los haberes adeudados, sac y vacaciones proporcionales, y podes ver el tema de las diferencias salariales, de todas formas si aceptan pagarle algo, se hace un convenio en que el trabajador no reclamaria mas nada!
 #729572  por hugo2
 
Aimael escribió:las diferencia salariales siempre se pueden reclamar, no hay despido para mi, es CAUSA DE EXTINCION NO PREVISTA EN EL DECRETO 326/56, En el estatuto del empleado domestico no esta comprendida la indemnización por fallecimiento del empleador y no es de aplicación la LCT. Solo tiene derecho a los haberes adeudados, sac y vacaciones proporcionales, y podes ver el tema de las diferencias salariales, de todas formas si aceptan pagarle algo, se hace un convenio en que el trabajador no reclamaria mas nada!
Me asustaste con ese ojo Aimael, pero con respecto a la pregunta en algun lado lei que en los casos no previstos se aplica la LCT.
 #729680  por Aimael
 
y si Hugo como en todo cuando no se queman los papeles LCT, jajajja estan todos atemorizados con mi ojo, paso q el avatar anterior se me borro y ese me parecio persuasivo jajajaja, me lo voy a poner en el medio de los dos mios, justo en la frente para ir Anses a ver si logro persuadirlos jajajja!