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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #729488  por cristianpipi
 
BUENAS TARDES FORISTAS TENGO UNA DUDA CON RESPECTO A LA REGULARIDAD EN PENSION DE AFILIADO AUTONOMO- PARA ADQUIRIR LA REGULARIDAD DEL DECRETO 460 30/30,18/36,12/60 SEGUN CORRESPONDA LOS PAGOS TIENE QUE ESTAR PAGADOS DENTRO DEL MISMO PERIODO AL MES DEL VENCIMIENTO ? ME EXPLICO? DOY UN EJEMPLO EN EL CASO CONCRETO DE MI CLIENTE EL FALLECE EL 07/2009 TIENE PERIODOS PAGOS DE MONOTRIBUTO NO PRESCRIPTOS DESDE EL 03/2006 AL 06/2009 PERO HE AHI LA CUESTION PORQ MI DUDA SURGE CON RE LACION A LOS PAGOS DADOS QUE LOS MISMOS FUERON PAGADOS DE LA SIGUIENTE MANERA POR EJ. PERIODO 03/2006 PAGADO EL 04/2006 Y ASI SUCESIVAMENTE TODOS FUERON CANCELADOS AL MES SIGUIENTE . CUAL ES LA FECHA DE VENCIMIENTO ESA ES MI DUDA PARA ADQUIRIR LA REGULARIDAD. SI ME PUEDEN AYUDAR ESTARE MUY AGRADECIDO
 #729527  por arandu2
 
Tenes hasta el ultima dia habil del mes en que vence para que el pago sea considerado en tiempo y forma. Mes 3, vence hasta el 30/04
 #729534  por jarocho
 
arandu2 escribió:Tenes hasta el ultima dia habil del mes en que vence para que el pago sea considerado en tiempo y forma. Mes 3, vence hasta el 30/04
Para un autonomo esta correcta la segunda parte
Para un monotributista, vencia los dias 7 (ahora los 20), sirve hasta el fin de ese mes, nada mas.
No es como el primer caso donde el autonomo pagaba a mes vencido hasta el ultimo dia del mes subsiguiente al devengado.-
 #729537  por arandu2
 
Jarocho, estamos diciendo lo mismo.

Se considera habil el pago cuando el mismo se realizó hasta el ultimo dia del mes en que venció.