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  • TELEFONICA RESCINDIR CONTRATO Y DEMANDA

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #690271  por emil2
 
BUENOS DÍAS , ANTERIORMENTE REALICÉ UNA PREGUNTA AL RESPECTO UNAS SEMANAS ANTES Y TAL VEZ LO HAYA HECHO EN FORMA MUY CONFUSA , MOTIVO POR EL CUAL NO TUVE RESPUESTAS. ES POR ELLO QUE VUELVO A CONSULTARLES INTENTANDO SER MÁS PROLIJO: reitero que aunque soy abogado no es por un caso que me llegó, sino que me atañe a mí como titular de la línea. Hace unos años tuve problemas con telefónica por falta de servicio, realicé documentalmente muchos reclamos y fuí a la CNC , TELEFÓNICA de todos modos me había dado de baja pero gané en la Comisión, la que ordenó reinstalarme el tel y abonar el doble del cargo fijo por todo el período sin línea hasta el momento de la nueva instalación. Telefónica incumplió, o sea ni abonó ni reinstaló.
El tema es que como actualmente ya esa línea no me interesa quisiera rescindir el contrato pidiendo al margen de las sumas ordenadas por la comisión, una indemnización superior en base a la ley de defensa del consumidor- incluso y no se si corresponde, el daño punitivo. Realmente al margen de lo expuesto esa indemnización si es relativamente considerable me vendría muy bièn.
Lo que no se es si por un deber de buena fe tengo que intimar antes la reinstalaciòn y cumplimiento de todo lo ordenado por la CNC bajo apercibimiento de rescindir el contrato- aplicando el 1204 cc por lo cual no se si tengo que darles 15 días- o existe mora automática e ir directo a juicio. Realmente la verdad no quiero ahora que me lo reinstalen sino que en verdad quiero rescindir e ir por indemnizaciones. Si alguien del foro me puede responder estaría muy agradecido.
 #690272  por emil2
 
ACLARO QUE EL TELÉFONO ESE ERA DE MI CASA, NO DEL ESTUDIO, POR LO CUAL SI NO ESTOY EQUIVOCADO ENTRO DENTRO DE LAS PREVISIONES DE LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y USUARIO. GRACIAS
 #690277  por abglu
 
hola: es acertado tu analisis en la ley de defensa del consumidor.- ademas de las indemnizaciones que te correspondan por los daños y perjuicios ordinarios podes reclamar daños punitivos.
El daño punitivo no es una reparacion sino una sancion por lo que su monto es dicrecional para el juez. La finalidad de la figura es desalentar por parte de las empresas las conductas que atenten contra la buena de de los usuarios.- La historia del daño punitivo es larga y es una elaboracion del derecho norteamericano.
El caso del Ford Pinto: tenia defectos de fabrica y necesariamente iban a producirse accidentes graves. Para la empresa era mas barato pagar las indemnizaciones que sacar las unidades falladas del mercado.- Esa especulacion fue lo que se sanciono para que no se beneficie con ninguna ganancia la empresa por su mala fe.-
La ley 26361 introduce en el ambito del derecho del consumidor la figura de forma explicita, aunque hay quienes entienden que otras areas del derecho habria manifestaciones de daños punitivos.-
Respecto a tu pregunta sobre el pacto comisorio la pregunta es la siguiente.-
la empresa no te esta prestando el servicio y la CNC lo intimo a prestarlo seguramente le fijo un plazo.-
Si el plazo transcurrio, no tenes que intimar al cumplimiento porque ya lo hizo la CNC, da por resuelto el contrato por no cumplir lo ordenado por la autoridad administrativa.
Espero te sirva de algo.-
 #690294  por emil2
 
TE ESTOY AGRADECIDÍSIMO EN TODO, EN ESPECIAL LO QUE MÁS ME INTERESABA ERA SI NECESITABA INTERPELAR PERO CREO TU RESPUESTA EN LA PARTE FINAL ES VALIOSÍSIMA. VOY DERECHO VIEJO A CONSIDERAR RESCINDIDO EL CONTRATO E IR POR LAS INDEMNIZACIONES DEL CASO.
OJO, COMO NUNCA LO HICE TENGO QUE CONSEGUIR MODELOS Y EN ESPECIAL RESPECTO AL DAÑO PUNITIVO NO SE COMO FUNDAMENTARLO. EN LO QUE ATAÑE AL RESTO DE LOS RUBROS, PIENSO PONER 1-EL PAGO DE LO ORDENADO POR ´LA CNC,2- EL COSTO DE INSTALACIÓN QUE TUVE QUE ABONAR EN SU MOMENTO ACTUALIZADO, ETC,3- QUIERO VER TAMBIÉN COMO INVOCAR MAYORES DAÑOS COMO GASTOS POR TENER QUE USAR EL CELULAR EN ESA CANTIDAD DE TIEMPO MUCHO MÁS DE LO HABITUAL, IR A LOCUTORIOS, ETC- LA CUESTIÓN ES QUE NO SOLO LO TENGO QUE ALEGAR SINO TAMBIÉN QUE PROBAR Y NO ES MUY FÁCIL.4.- NO SE SI VA DAÑO MORAL 5.- DISCULPÁ PORQUE ES COMO QUE TE ESTOY REPREGUNTANDO Y NO QUIERO ABUSAR, PERO EL DAÑO PUNITIVO TENGO QUE PONER UNA SUMA ESTIMATIVA O PEDIR AL JUEZ QUE LO DETERMINE SEGÚN SU ELEVADO CRITERIO? DE POR SI AUNQUE NO ME RESPONDAS ESTAS ÚLTIMAS CUESTIONES ES DE GRAN VALOR TODO LO QUE ME RESPONDISTE. MUCHAS GRACIAS Y TE COMENTO AL MARGEN DE TODO, YO MÁS QUE NADA ME DEDICO A PENAL, CUALQUIER DUDA AL RESPECTO QUE TENGAS SOBRE ESA RAMA DEL DERECHO METETE EN EL FORO PENAL Y EN LO QUE SEA TE AYUDO. ALLÍ YO ME IDENTIFICO COMO PENAL123. UN ABRAZO
 #690351  por abglu
 
Estan bien los rubros. El reclamo de daño moral es posible en el ambito de la responsabilidad contractual. Si bien el codigo dice ¨podra¨ ese podra para el juez es un ¨debera¨ cuando se acredita la existencia de un daño extrapatrimonial pruducto de un incumplimiento contractual. En el caso lo podes desarrollas con la idea de las molestias propias de no contar con servicio esencial, etc.-
En el ambito del derecho del consumo hay muchos mas elementos para obtener la reparacion del daño moral desde que la ley especificamente fija obligaciones que mayormente tienen contenido extrapatrimonial. como lo son por ejemplo las normas relativas a los deberes de informacion.-
un fallo: Stucchi, Susana v Telecom S.A C. Civ y Com de Rosario sala 2 LL litoral 1999 pag 17 y sig.- Si tenes un buscador de fallos o posibilidad de acceder a repertorios de jurisprudencia busca en los del año 2010 sobre daño moral en las relaciones de consumo.
Con respecto al daño punitivo por cuestiones procesales tendrias que cuantificar el rubro dentro de los parametros que te da el art 47 inc b de la ley 26361 sujetandolo a lo que en mas o en menos S.S. considere pertinente.- La fundamentacion tene en cuenta que como te dije antes en una sancion y no un daño a reparar. A esta altura ya hay doctrina y jurisprencia para citar.-
 #690394  por emil2
 
INFINITAMENTE AGRADECIDO. MUY AMABLE DE TU PARTE. VOY A SEGUIR TUS CONSEJOS Y SUGERENCIAS. POR SI NO REAPAREZCO ANTES, MUY BUEN FIN DE SEMANA LARGO.
 #729894  por facherox104
 
Hola tengo a mi clienta de 77 años de edad que se mudó y pidió el traslado de línea a su domicilio nuevo pasarón 10 meses del trámite y no tenemos respuesta, la empresa se funda en la falta de disponibilidad técnica en la zona cuestión totalemente ajena a nosotros.A los 90 días hice la denuncia ante la CNC, siendo favorable a la señora pero la empresá no cumplió, ahora estoy con la denuncia en def del consumidor pero no creo que cumplan, además quedó un saldo a favor de $105 que nos es imposible cobrarlo porque en morón no hay oficina con caja para abonarlo y si hay que ir a capital se lo terminaría gastando en viáticos.
Por lo tanto necesito si alguien me puede pasar algún modelo de demanda al respecto desde ya muchas gracias