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  • DEMANDA SOLO CONTRA ART - DOCUMENTAL PODER EMPLEADOR

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #730455  por Iris
 
Hola a todos, tengo un duda. Estoy armando un demanda para demandar solo a la ART, pero al momento de armar el tema probatorio, me encuentro con que es necesario por ejemplo ver los libros del empleador (no demandado), que este adjunte la historia clinica, si llevaba el libro de registro de enfermedades profesionales etc etc etc.
Yo arme un argumento basado en la obligación de solidaridad que le debe el empleador a su empleado (en este caso ex empleado) y haberse producido el accidente mientras se desarrollaba bajo sus ordenes, pero no encuentro ningun fallo de apoyo, y siento medio endeble la argumentación....
Si alguien aporta un buen dato se lo agradeceria.
Saludos Iris
 #730465  por MORGAN
 
intervino la ART en el accidente?
tenés el recibo de sueldos donde debe constar la licencia médica
se pide oficio a la SRT para que remita listado informando siniestro del fecha tal del sr tal
testigos de hecho
al empleador para que remita documentación atinente al accidente (es innecesario).
pericial contable a los libros de la ART que informe si poseia cobertura de riesgos del trabajo a la firma tal, vigencia, etc.
como fue el hecho.
 #730480  por Iris
 
Ocurrido el accidente, el empleador blanqueo al trabajador y la ART se hizo cargo.
Si, en los recibos consta la licencia por enfermedad.

Ok, o sea que la pericia contable solo es a los libros de la ART, y pido oficio a SRT y, si no te entendí mal, aunque vos me decis que no es necesario que el empleador aporte documental referida al accidente lo pongo como un punto mas en la demanda no?
ESta documental que seria documentación en poder de terceros entiendo, la tendria que analizar el perito no? y para vos cual seria? Yo tenia en mente pedir:
Libro Especial previsto en la L.C.T. para las registraciones laborales; recibos de pagos; legajo médico de la actora conforme con lo previsto en la normativa sobre higiene y seguridad del trabajo; libro para el registro de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo que prevé la misma normativa. Asi en base a ello el perito determina si el trabajador estaba registrado, cuanto ganaba, actualiza la suma.

Nunca hice solo contra ART y por eso me surgen las dudas.
Gracias
Saludos
Iris
 #730486  por Iris
 
MMM no se si corresponder pedirle todo esto al perito...me quedo algo asi:
E) PERICIAL.-

C-1) Pericial Contable.
Se designe perito contador único de oficio a fin que tenga a bien informar sobre:
Sobre la documental aportada por la ex empleadora XXX:

1. Informe si la empleadora lleva rubricados y con los datos que en cada caso se requieren, sin alteraciones, blancos, espacios, interlineaciones, raspaduras, tachaduras, supresión de fojas o enmiendas la siguiente documentación Libro Especial previsto en la L.C.T. para las registraciones laborales; recibos de pagos de remuneraciones y/o asignaciones familiares; registro de horario de trabajo; otros registros o anotaciones auxiliares; legajo médico de la actora conforme con lo previsto en la normativa sobre higiene y seguridad del trabajo; libro para el registro de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo que prevé la misma normativa.
2.- Informe si la empleadora se encuentra afiliada como tal, y si afilio a la actora a los correspondientes organismos previsionales, obra social y demás entes de la seguridad social, así como en los específicos de la actividad exigidos por ley o convención. Detalle de los respectivos números de afiliación, así como las fechas de los mismos y del último deposito efectuado en concepto de aportes, contribuciones y fecha en que se realizaron. Indique además en que Bancos posee la empleadora cuenta, cuentas corrientes y/o caja de ahorro, estableciendo si las sumas extraídas se corresponden con las pagadas al personal y aportes cumplidos.
3.- Fecha de ingreso y egreso del actor,
4.- Número de ficha o legajo, categoría laboral, tareas efectivamente realizadas y lugares donde prestó servicios la actora durante la relación laboral.
5.- Determinará la mejor remuneración mensual y habitual percibida durante el año de trabajo, indicando los rubros que la componen (jornal, premios, bonificaciones, participaciones, comisiones, viáticos, etc.).
6.- Actualice monetariamente el valor de la mejor remuneración mensual, normal y habitual denunciada la que asciende a $ XXX correspondiente a octubre del 2010.
7.- Informe si el legajo médico de la actora, fue llevado por la empleadora conforme con lo previsto en la normativa sobre higiene y seguridad del trabajo al igual que el libro para el registro de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo que prevé la misma normativa. Informe asimismo su contenido en referencia al actor.
8.- Informe si de alguno de los libros indicados existe documental, que dé cuenta de curso de entrenamiento alguno o similar, para la labor desarrollada por el actor.
9.- Por último informe sobre cualquier otro dato directamente relacionado con los puntos anteriores y quo considere de interés para In dilucidación de lo debatido en autos. En todos los casos el señor perito deberá indicar la fuente de la información, desechando la que no provenga de libros y/o registraciones en legal forma y/o documentos intercambiados por las partes, desechando informaciones verbales de la empleadora o sus representantes.-
Y luego agregue los puntos a expedirse sobre los libros de la ART. Pero la verdad no se si va esto del empleador...
 #1124469  por alejandra01
 
Hola. Estoy en la parte de prueba en yn juicio contra la art. Y la pregunta que me hago es si es necesaria la pericia contable ya que no quiero perder el tiempo. Ya tengo la pericia medica hecha y a la demandada le quedan las testimoniales. Pregunto antes de desistirla. Creo que no suma. Si alguien tiene otra opinion sera bienvenida.