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  • Revocar poder de abogado¡¡?

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 #523238  por libertador
 
DOCTOR/A:
Domicilio:

REF.: Aviso de sustitución de patrocinio.

De mi mayor consideración:

Me dirijo al colega en los autos …………………………..………..
……………………………………………………..……………………………………………………..
que tramitan por ante …………………………………………………………………………………
del Departamento Judicial de ……………………………………, a efectos de notificarle que asumiré el patrocinio …………………………………………….…………………………………….
…………………………………………………………………………………...……………………..
Por la presente cumplo con lo preceptuado por art. 60 inc. 4 de la Ley 5177 y art. 40 de las Normas de Ética Profesional, significando ésta el aviso previo que prevé la normativa vigente.
Saludo a Ud. muy atentamente.

Fijate si este te sirve, lo saqué de un post de este foro. Chequea los artículos de la legislación invocada a ver si son los correctos, o adecualos a capital federal si ejercés allí.
 #523459  por ANAMARIAP
 
Hola, en provincia el mismo colegio de abogados te da el formulario para notificarle al letrado interviniente que de ahora en adelante Ud continua con el proceso. Se envía al domicilio que tiene ese letrado registrado en el colegio de abogados. Todo lo que allí se envía se tiene por notificado, es importante mantener actualizado dicho domicilio. El costo de ese tramite era de $17 en el año 2008. Es necesario -bien como dijo alguien anteriormente -por un tema de etica profesional.
Por otra parte: el cliente no notificó nada, simplemente envié esa carta al colega y luego me presenté en el expediente. Con el escrito que designa nuevo letrado, es suficiente -no creo necesario que el cliente deba mandar una carta documento previa-. Despues se ordena notificarlo y se manda cedula al constituido del expediente. Al menos así fue mi experiencia.
Un saludo
 #524388  por Dra. Marita
 
Del cliente al letrado anterior:

Buenos Aires, 11 de Febrero de 2010.-
Por la presente revoco el poder judicial oportunamente otorgado, debiendo abstenerse en lo sucesivo de realizar cualquier acto en mi nombre. Queda usted notificado.-


De nosotros al letrado anterior:

Buenos Aires, de Febrero de 2010.-
Comunico a Ud. por medio de la presente que la Sra. ..................... (DNI..............) me ha solicitado asuma el patrocinio (o: "en el día de la fecha me ha otorgado poder" ) en los autos "...................................", Expediente Nº ...................... que tramitan por ante el Juzgado ..................................................-
Por la presente cumplo con lo preceptuado por art. 60 inc. 4 de la Ley 5177 y art. 40 de las Normas de Ética Profesional, significando ésta el aviso previo que prevé la normativa vigente. (Ley 5177. Art. 60: “Sin perjuicio de lo que disponen las leyes generales, está prohibido a los abogados … Inc. 4) Aceptar el patrocinio o representación en asuntos en que haya intervenido un colega, sin dar previamente aviso a este” - Normas de Ética profesional. Art. 40 “Sustitución en el patrocinio. El abogado debe dar aviso al colega que haya intervenido en un asunto, antes de aceptar el patrocinio o representación de la misma parte. El aviso previo no es necesario cuando el anterior colega ha renunciado expresamente al patrocinio o mandato. Sin embargo, es recomendable que el nuevo abogado haga saber al anterior su intervención en el asunto”).-
Sin otro particular, lo saluda atte.
 #527216  por marujameg
 
Perdón, me olvidaba, pero me parece que en caso de apoderado, es conveniente enviarle una cd (el cliente), notificando que le revoca el mandato.

Si es patrocinante, se lo revoco directamente a traves de escrito presentado en el Juzgado.
 #527233  por Advocatus
 
Adapta el texto que figura en el presente post.
 #730464  por gero
 
HOLA COMO ESTAN, LES SUMO UNA DUDA, CUANDO SON MAS DE UNO LOS PODERDANTES A UN SOLO ABOGADO, CON OBJETO IDENTICO - ES SUFICIENTE CON QUE MANDE UNO SOLO CD, Y/O CADA UNO DEBE MANDAR UNA CD?
 #1040945  por Martinfiberman
 
Ahora pregunto: El cliente que pretende revocarle el poder al abogado, le envia la carta documento al DOMICILIO CONSTITUIDO en ese juicio o si la envia al ESTUDIO JURIDICO, es valida la notificacion? Les pregunto porque un cliente me esta por revocar en AVELLANEDA, para lo cual constitui domicilio alli, pero tengo mi estudio en LOMAS DE ZAMORA.-
 #1040986  por adessoma
 
Martinfiberman: En caso de que el cliente quiera revocarle poder a su letrado, deberá remitir la comunicación rescisoria al domicilio del estudio jurídico, ya que es obligación del abogado mantener actualizado ese domicilio.
Y si notifica la revocación en el expediente, también quedarás notificado por la forma prevista en el art. 133 del CPCC.
Por otro lado, si manda CD por el Correo Oficial, el aviso de entrega de la pieza le dará plena validez porque el Correo Oficial es fedatario del Estado.
Saludos.
 #1041013  por Martinfiberman
 
Gracias Adessoma. No aclare, se trata de un juicio laboral y yo tengo firmada la carta poder para ese juicio. El juicio tramita en Avellaneda y tengo alli un casillero, pero mi estudio juridico es en Lomas de Zamora. Entiendo que si me notifica en mi estudio, es valido.
 #1041016  por adessoma
 
En realidad, sea cual fuere el domicilio al que notifique, mientras vos recibas la notificación te habrás impuesto del contenido de la CD.
Tené presente que la obligación de notificar al domicilio que el otro colega haya constituido en el expediente, rige únicamente para nosotros. Dicho en otras palabras, no hay -al menos en Capital- una ley que le imponga al actor la obligación de notificar la revocación en un domicilio u otro.
Saludos.
 #1107629  por drafrias
 
retomo este tema; porque el abogado apoderado tenia un domicilio constituido y NO recibio la CD enviada por el cliente revocando el poder.
Deberia enviarle otra CD al domicilio que figura en el colegio que este matriculado?