Siguendo con tu ejemplo a "a" le embargaron el televisor de "b" que "b" le había prestado previamente a "a", o sea que el televisor es de propiedad de "a" y no de "b" y está embargado porque lo tenía "a", pero prestado por "b" que es el unico dueño, entonces me surge un primer interrogante; ¿"a" se constituyó depositario de los bienes embargados, entre ellos el televisor de "b"? ¿"b" tendría una factura de la compra del televisor de su propiedad que le prestó a "a"? ¿cuando embargaron a "a" había otros televisores o era el único? (inembargabilidad) ¿si había otros televisores, es posible que "a" le entregue a "b" un televisor de propiedad de "a" que no haya sido embargado y sea de las mismas caractérísticas que el telvisor que "b" prestó a "a"? ¿"a" y "b" tienen algún tipo de parentesco o son solo amigos? ¿el prestamo fué documentado? ¿el televisor de "b" es plasma, pantalla plana o de tubo?