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  • plazo de prescripción de seguro de vida

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 #731153  por LIDIADORA
 
Buenas noches colegas.Soy nueva en la profesión y deseo consultar lo siguiente: Una cliente,cuyo concubino fallecio en un accidente de tránsito en noviembre de 2008, y madre de las dos menores beneficiarias de un seguro de vida me trae copia de una Carta documento que envió con fecha 21/09/2009 a una Cia de seguros reclamando el beneficio para sus hijas. Luego de ello no le fué posible encontrar al abogado que la asesoraba( se mudó a otra provincia) y no realizó ningún trámite posterior.Con el número de póliza y datos de la Compañía que surgían de la Carta Documento, envié mail a la Compañía y me responden que "ambas coberturas se encuentran pendientes desde 09/2009 de que aporten la copia autenticada de la declaratoria de herederos del sr.XX, a fin de que la compañía pueda proceder al pago del beneficio". Hoy inicié la sucesión para obtener la declaratoria. Mi pregunta es sobre la prescripción del citado beneficio. se aplica el art 58 de la ley de seguros? por el cual no puede extenderse más de tres años?Deduzco que es este plazo el que se aplica puesto que me responden que está vigente aún. Ahora ¿Debo enviar Carta documento para interrumpir la prescripción? Y ¿qué debería decir? ¿ que esta en trámite la obtencion de la declaratoria que solicitan? *flor* .Muchas gracias a quienes puedan ayudarme.