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  • MANDAMIENTO DE EMBARGO 22172

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 #731789  por dhabogada
 
Hola colegas, alguien me podria facilitar un modelo porque tengo q presentar el mandamiento en el juzgado 20 de capi para llevar a san isidro y como es la primera vez que me toca, no tengo muy en claro como sería el escrito y lo que tengo que poner, el temaa del depositario, a quien nombro, como es el procedimiento despues... please alguien que me oriente!!!
 #731810  por Squonk
 
El mandamiento ley 22.172 para embargar en otra jurisdicción no creo que te sirva de mucho porque el juez que ordena la medida no tiene justamente la jurisdicción en esa localidad.
Tendrías que pedir oficio ley 22.172 (tipo exhorto) dirigido al Juez local competente para que ordene las medidas requeridas por el juzgado oficiante.
Así el juez local va a ordenar el libramiento del mandamiento de embargo en esa jurisdicción con todas las facultades.
Ahora te pregunto, es necesario hacer esto? No podes hacer otra medida?
 #731823  por dhabogada
 
Hola, no me quedó muy en claro...
Ah, con respecto a la medida... ya probé de todo y no me quieren pagar, son 4 mil pesos q deben de un acuerdo del seclo, pero no hay forma, ya es mi ultima carta realmente...
 #1087063  por Doctomasito
 
Hola gente. Vengo leyendo bastante sobre el tema, y llego a esta conclusión, en concordancia con lo que aporta el colega :
Squonk escribió:El mandamiento ley 22.172 para embargar en otra jurisdicción no creo que te sirva de mucho porque el juez que ordena la medida no tiene justamente la jurisdicción en esa localidad.
Tendrías que pedir oficio ley 22.172 (tipo exhorto) dirigido al Juez local competente para que ordene las medidas requeridas por el juzgado oficiante.
El " MANDAMIENTO LEY 22.172 " no existe, entonces, no ? Porque lo correcto es " OFICIO LEY 22.172 " para que exhorte al juez de la otra jurisdicción a que libre el mandamiento...es así ? Por último : el escrito con que se acompaña, se encabeza " EXHORTO ", o " SOLICITA SE LIBRE MANDAMIENTO " ? Muchas gracias.
 #1087081  por Squonk
 
Yo diría que el mandamiento ley 22.172 existe, porque para realizar una intimación sirve perfectamente.
El que no tiene eficacia en absoluto es el mandamiento de embargo ley 22.172