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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #731913  por Esteban11
 
Mi tio esta muy descompensado en su salud, muy grave. Yo quisiera saber si a su concubina (la cual es mala persona: capitulo aparte) le corresponde la Pension teniendo en cuenta los siguientes items:
-No estan casados.
-Conviven hace mas de diez años.
-No tienen hijos en comun.
- Mi tio tiene 2 hijos de un matrimonio anterior, con la cual se "divorcio".
-Mi tio y su concubina conviven en Julio Argentino Gerez N°1300 del B°Mariano Moreno.
- El domicilio de mi tio segun su D.N.I., Resumen de Tarjeta de Creditos, Carnet de Obra Social y otros Papeles, es en Independencia N°2150 del B° Reconquista.
Espero me puedan asesorar. Muchas Gracias.
 #731991  por MarisaCR
 
Esteban:
La ley de jubilaciones y pensiones es muy clara al respecto, en el caso de fallecimiento, el o la concubina tiene derecho a pensión si acredita más de 5 años de convivencia. De igual manera, te aconsejo que te asesores con un abogado que haga previsional. Saludos