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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #732285  por cinti2
 
Hola, les hago esta pregunta. Tengo una docente que se tiene que jubilar por ANSeS, porque tiene muchísimos más años que en el IPS. Ella tiene hecha la certificación de servicios ante la DGCE y recién inició el reconocimiento ante el IPS. Alguien -no sé si gestor, abogado o qué- le dijo que se puede iniciar mientras tanto la jubilación en ANSeS y que la misma queda trabada hasta que salga el reconocimiento del IPS. Según yo tengo entendido por un curso que hice, esto no es así puesto que para iniciar la jubilación, o bien inicio presentando sólo los servicios de ANSeS o presento todo junto con el reconocimiento del IPS en el turno, pero no se puede denunciar que hay un expediente que no fue resuelto.
Pero por las dudas, como no soy experta en el tema de docentes, lo pregunto en el foro para saber si alguien sabe si es como yo pienso o si lo que le dijeron a mi cliente es verdad.
Saludos.
 #732484  por periquita
 
Podría pelearse lo que le dijeron a tu cliente si con los años aportados en ANSES cumple los requisitos.
Generalmente no lo quieren tomar, pero pueden hacerlo.
Saludos.
 #732600  por diegomdp
 
si yo inicio un reco en ips para luego llevarlo al anses, cuando lo inicio puedo pedir una constancia donde figura el inicio y cuales fueron los periodos a reconocer, con eso inicio la jub en anses la cual queda en espera del expediente de ips y luego al ser adjuntado en anses le resuleven la jubialcion, es verdad como te dijo periquita te puede pasar que el inciador no lo quiera tomar pero para eso esta la iniciacion bajo insistencia.
ahora vos preguntaras porque iniciar el expediente si va a quedar a la espera del otro, la respuesta es por la fecha inicial de pago, si bien he visto udais que pagan desde que se recibe el expediente de provincia eso no es correcto hasta hay 1 o 2 dictamenes de la gaj en ese sentido donde mandan a pagar el retro desde la fecha de inicio del expediente jubilatorio en anses
 #732612  por cinti2
 
Gracias por la respuesta. Lo que no entiendo es qué implicancia tiene en la fecha inicial de pago si la clienta sigue trabajando hasta que salga acordada la jubilación. Igualmente, con esto lo que voy a hacer es solicitar el turno, y esperar que me lo inicien así.
Gracias.
 #732614  por cinti2
 
Una pregunta más. Cuando saco el turno en ANSeS, denuncio los servicios que están en el reconocimiento en trámite?
 #732645  por periquita
 
cinti2 escribió:Gracias por la respuesta. Lo que no entiendo es qué implicancia tiene en la fecha inicial de pago si la clienta sigue trabajando hasta que salga acordada la jubilación. Ninguna, para qué lo quiere inciciar entonces....
Igualmente, con esto lo que voy a hacer es solicitar el turno, y esperar que me lo inicien así.
Gracias.
 #732646  por periquita
 
cinti2 escribió:Una pregunta más. Cuando saco el turno en ANSeS, denuncio los servicios que están en el reconocimiento en trámite?
Si querés presentarlos , sí
 #732677  por diegomdp
 
periquita escribió:
cinti2 escribió:Gracias por la respuesta. Lo que no entiendo es qué implicancia tiene en la fecha inicial de pago si la clienta sigue trabajando hasta que salga acordada la jubilación. Ninguna, para qué lo quiere inciciar entonces....
Igualmente, con esto lo que voy a hacer es solicitar el turno, y esperar que me lo inicien así.
Gracias.
esta bien tiene razon periquita en este caso ninguna ya que si esta trabajando como docente y queres cobrar el suplemento docente y entrar por el 137/05 te pediran la renuncia condicionada.
yo lo explique genericamente porque segun en el curso te dijeron que no se podia hacer el tramite y no toda la gente es docente la que puede necesitar un reco de ips para hacerlo valer en nacion.
he visto muchos post que dicen esto em lo dijeron en un curso y esta mal, conclusion fijense el conocimiento del disertante del curso
 #732692  por cinti2
 
Si, tenés razón, a mi también en el curso me dijeron que no se podía, por eso me extrañaba mucho lo que me dijo mi clienta.