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 #73136  por eleudora
 
Disculpen, soy recien recibida y no hago penal, pero bueno me llego un caso. Presente un escrito para solicitar que se devuelva un vehiculo como depositario mientras sigue el proceso.
Segun me comentaron resulta dificil que lo acepten asi que tendre que apelar.

Mi duda es: Se presenta directamente fundado ante el juez o lo presento, espero que lo concedan y en Camara presento la fundamentacion?
Mas datos agradeceria.Saludos

 #73176  por juampi
 
MIRA, EL PEDIDO DE QUE SEA TENIDO COMO DEPOSITARIO JUDICIAL LO TENES QUE HACER EN LA FISCALIA, ES EL FISCAL EL QUE DECIDIRA, YO NO HE VISTO ESE TIPO DE APELACIONES.

SI HE VISTO Q ANTE LA DENEGATORIA SOLO ESPERABAN, POR EJEMPLO, EL RESULTADO DE LA PERICIA PARA SABER SI EL RODADO ERA " BUENO ".

AVERIGUO BIEN Y TE AVISO.

DE DONDE SOS??????

QUE ALGUIEN ME CORRIJA SI LE YERRE......
 #73318  por macero
 
eleudora escribió:Disculpen, soy recien recibida y no hago penal, pero bueno me llego un caso. Presente un escrito para solicitar que se devuelva un vehiculo como depositario mientras sigue el proceso.
Segun me comentaron resulta dificil que lo acepten asi que tendre que apelar.

Mi duda es: Se presenta directamente fundado ante el juez o lo presento, espero que lo concedan y en Camara presento la fundamentacion?
Mas datos agradeceria.Saludos
Cuando se quiere pedir la retsitucion de un objeto secuestrado en la prov. de bs. as., el escrito se presenta en el juzg. de garantìas, quien debe dar traslado al fiscal para que conteste si le interesa o no que el objeto en cuestion siga secuestrado. Si el fiscal no se opone ala devoluciòn, el juez de garantìas debe disponer la entrega del mismo; si el fiscal se opone a la restitucion del objeto, el juez directamente denegara el pedido de restitucion.
Lo que diga el fiscal es vinculante para el juez.
LAs apelaciones en el Codigo Procesal de la Provincia de Buenos Aires, debe ser interpuesto el recurso ante el oregnao que dicto la resolucion debidamente fundado, indicando expresamente el motivo de agravio, bajo sancion de ser declarado inadmisible si no se indica el agravio. TAmbien a partir de la reforma debes indicar si es tu intencion informar oralmente ante la camara de apelaciones o no. Suerte, sldos,