Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • AYUDA CON SUCESION

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #732678  por anacen
 
BUENAS TARDES, LES AGRADECERIA MUCHO QUE PUEDAN AYUDARME PORQUE ESTOY MUY MAL CON LO QUE ME ESTÁ PASANDO...
HACE UNOS MESES ATRÁS FALLECIÓ EN CHACO EL CONCUBINO DE UNA TIA QUE VIVIA EN EL CAMPO. DIAS ANTES DE MORIR LLAMO A MI MAMÁ PARA QUE LO AYUDE EN SUS ÚLTIMOS DÍAS, PARA LO CUAL ELLA DEJÓ DE TRABAJAR UNOS DIAS PARA AYUDARLO. ESTUVO CON ÉL, PIDIÓ DINERO PRESTADO PARA PAGAR LOS SERVICIOS FÚNEBRES, Y CANCELÓ PARTE DE LA DEUDA QUE SE CONTRAJO CON LA CLÍNICA EN LA CUAL ESTUVO EN TERAPIA ANTES DE MORIR, PERO COMO NO CONSIGUIÓ TODO FINALMENTE FIRMÓ UN PAGARÉ POR LA DEUDA ($ 17.000).
LA ÚNICA HEREDERA ES UNA HERMANA QUE VIVE EN ESPAÑA QUE NO LE QUIERE RECONOCER NADA Y DICE QUE "HABLEN CON SU ABOGADO, EL QUE LLEVA LA SUCESIÓN", QUIEN DIRECTAMENTE NO ATIENDE A MI MADRE. ENCIMA, VIMOS POR INTERNET QUE SE ABRIÓ LA SUCESION (SE PUBLICARON EDICTOS POR 3 DIAS -1, 3 Y 6 DE ESTE MES), Y AHORA QUIERO SABER SI SE PUEDE PRESENTAR EN LA SUCESIÓN COMO "ACREEDORA" (POR LAS COSAS QUE PAGÓ, TODAS CON RECIBOS), Y PRINCIPALMENTE POR EL PAGARÉ QUE TIENE LA CLÍNICA (FIRMADO POR ELLA). Y HASTA CUÁNDO TIENE TIEMPO Y CÓMO DEBE HACER...
LES AGRADECERIA UNA RESPUESTA A LA BREVEDAD, YA QUE EL EDICTO DICE "POR 30 DIAS", FECHA QUE ESTÁ POR CUMPLIRSE.

MUCHAS GRACIAS
 #732816  por Tiburcio
 
Hablá con un abogado del lugar donde tramita la sucesión (El Chaco me imagino).
El que paga los gastos de última enfermedad tiene derecho a cobrarlos en la misma sucesión.
 #733793  por Bettyseudosabionda
 
Anacen: ese foro es para abogados, vos lo sos? Suponiendo que si, te aclaro en principio que no desesperes por lo de los 30 dias, yo entiendo que ese plazo es para presentarse como heredero, cosa que tu madre no es. En cuanto a los gastos de ultima enfermedad, no recuerdo con exactitud, pero estan pautados en el propio codigo civil,tenen un nombre medio raro, que no recuerdo ( hace mas de 30 años que pase por la facultad) y son exigibles, como bien te dijo el colega anterior, en la propia sucesion del fallecido. Si sabes donde tramita, busca un abogado de la zona y que se presente como acreedora. Tiempo a mi entender tiene, mientras no se vendan los bienes...