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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #734166  por GABITABOX
 
ESTIMADOS COLEGAS
Les cuento como viene la mano.
Mi cliente convivió 7 años con una persona casada (separada de hecho claro, pero no divorciada). La cosa es que ahora su concubino falleció y ella me viene a ver por el tema de la pensión.
Ellos no tuvieron hijos, pero él si del matrimonio anterior (repito, con mi cliente no estaba casado).
Por lo que estuve leyendo, algunos dicen que le correspondería el 50% de la pensión, esto es así?
Si es así, los requisitos para tramitarla son los mismos?

Gracias!!!! *flor*
 #734214  por noemiadriana
 
Hola, si los hijos son menores de 18 años le corresponde el 50% a los hijos hasta que cumplan la mayoria de edad y el 50% a la conviviente.
La convivencia la vas a tener que probar, primero fijate los domicilios si coinciden, igual en este caso te piden otras pruebas, pueden ser servicios a nombre de los dos, un seguro de vida, si tiene algun bién que hayan comprado entre ambos, etc, generalmente piden por lo menos tres pruebas. Un certificado de convivencia ante la policia también te sirve si fue hecho antes de la fecha de fallecimiento del causante.
Suerte
 #734219  por noemiadriana
 
Hola, yo de nuevo, no decis nada de la primera esposa, porque si esta viva y no estaba divorciado le corresponde también una parte, en este caso sería 1/4 parte para la esposa y 1/4 parte para la conviviente
 #734271  por arielruiz86
 
No, en ese caso entiendo que seria 1/2 para la esposa no divorciada y 1/2 para la conviviente actual si es que ambos lo solicitan porsupuesto.
 #734393  por noemiadriana
 
No porque hay hijos menores de 18 años que si o si le corresponde el 50%, el otro 50% es para la concubina, pero si no esta divorciado de la primera esposa este ultimo 50% se divide entre la esposa y la concubina porque el otro 50% es para los hijos.
 #734813  por sutriz
 
HOLA: lee la res. 45/05 que te indica los reuisitos para probar la convivencia que para este caso necesitarás probar 5 años.
Por otra parte , los porcentajes en el beneficio se repatirán como te explica noemiadriana pero al alcanzar los hijos la mayoria de 18 años, su parte acrecienta a la de la esposa y concubina si coexistieran.
Saludos
 #736661  por GABITABOX
 
Gracias a todos por la ayuda!
En cuanto a los hijos del matrimonio, son todos mayores de edad.
Y la esposa está vivita y coliando...
Mi clienta me informó que en hace aproximadamente 5 años hicieron un acta de convivencia en San Luis, provincia en la que vivieron un par de años, después vinieron para Bs As. Según ella, en el acta manifiestan que la convivencia viene de hace unos años atrás (osea, 5 + un par de años más).
En Bs As ellos vivieron en una casa pripiedad de ella pero en la que hay servicios a nombre de él, esto también puede servir no?

Gracias a todos. *flor*