melon33 escribió:Asi es desde el 01/1955 hasta 05/1990 la señora apago en mis facilidades desde el 05/1989 hasta 04/1990 el resto los prescribi con la 14236 y asi cerre el SICAM.-
MELON33 el dos minutos que da lugar al engendro que hizo anses en este tema dice te lo copio textual es el 2 minutos del 28/05/2010
En virtud a las numerosas inquietudes recibidas, el Centro de Atención de Consultas de la Gerencia Previsional realizó un recordatorio vinculado con la “Prescripción Liberatoria Ley Nº 14.236 en Pensiones Ley 18.038 (T.O/ 80) - Período de Deuda”.
A continuación, se describen algunas situaciones que se presentan respecto del tema referenciado y la operatoria a aplicarse a cada una de ellas:
1) Si se constata que el mes inmediato anterior al fallecimiento del causante se encuentra abonado por éste, debe buscarse en su historia laboral 11 meses más abonados para completar al año. De cumplirse, dar derecho al beneficio.
2) Si tiene pago el mes inmediato anterior al fallecimiento, pero no se localizan los 11 meses pagos en su historia laboral, la derechohabiente debe abonar contado efectivo el año inmediato anterior al fallecimiento del causante.
3) Si el causante no abonó el mes inmediato anterior a su fallecimiento, aunque se constate el pago de 11 meses en su historia laboral, por no haber pagado el causante en vida ese mes, la derechohabiente debe abonar el año anterior a su fallecimiento.
4) Si el causante no abonó el mes inmediato anterior a su fallecimiento y no se constata el pago de 11 meses en su historia laboral, la derechohabiente debe abonar el año anterior a su fallecimiento.
Asimismo, se hace saber que en las Pensiones de Ley 18.038 Afiliado Autónomo sólo es de aplicación el beneficio Prescripción Liberatoria Ley 14.236 art. 16, y no la Ley Nº 25.321.
fijate que tu caso estaria en el punto 4 asi que ya que la udai te hizo pagar un año llevales el 2 minutos al que te este pidiendo que pagues ya no me acuerdo que. aclaro lo que te acabo de copiar que dice el dos minutos (que es un mini diario interno para el personal de anses) es una huevada que no esta respaldado por la ley, es un invento de algun trasnochado seguro que acomodado que metio bossio, ya que estos engendros se hicieron mas habituales desde que este muchacho esta al mando del anses.
la solucion correcta es la de alejandra y por eso la gaj lo dictamino asi