Hola a todo el Foro. Tengo un cliente que heredo un bien conjuntamente con otro heredero. A este le embargaron los derechos en el sucesorio. Mi cliente no quiere pedir division de condominio para no llegar al remate del bien. Pretende someter el mismo a regimen de PH y adjudicarse una unidad funcional cada heredero. AHORA BIEN LA PREGUNTA SERIA: el heredero embargado puede suscribir la escritura de sometimiento el regimen de PH y adjudicarse una de las unidades funcionales? Es un acto de administracion, o de disposicion? El acreedor puede oponerse?. El juez del sucesorio lo autorizaria? Que opinan?
Entiendo que la medida recae sobre la porción indivisa que le corresponde al embargado; razón por la cual el juez no autorizará medidas ulteriores hasta tanto el embargante no desista de su intención.
No hay forme de que el deudor pague?. Saludos