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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #734695  por ana20077
 
Hola a todos y perdon por mi ignorancia, es mi primer jubilacion, el señor nació el 24/08/1944, este año cumple 67 años, tiene todo pago el monotributo desde 11/1998 a la fecha y en pagos en total conté 332 meses de aportes, comenzó a aportar en el año 1973 y fue siempre autónomo, tiene meses salpicados de aportes faltantes, [si 30 años de aportes son 360 meses y pagó 332 meses, me faltan 28 meses], son 2 años (24 meses ) y 4 meses más, si puedo restar un año (por el exceso de edad) me faltarían 16 meses, pero no sé cómo operativamente ponerlo en el SICAM; y como aplico beneficios para que no pague nada. GRACIAS A TODOS !!!
 #734719  por lilita09
 
ana20077 escribió:Hola a todos y perdon por mi ignorancia, es mi primer jubilacion, el señor nació el 24/08/1944, este año cumple 67 años, tiene todo pago el monotributo desde 11/1998 a la fecha y en pagos en total conté 332 meses de aportes, comenzó a aportar en el año 1973 y fue siempre autónomo, tiene meses salpicados de aportes faltantes, [si 30 años de aportes son 360 meses y pagó 332 meses, me faltan 28 meses], son 2 años (24 meses ) y 4 meses más, si puedo restar un año (por el exceso de edad) me faltarían 16 meses, pero no sé cómo operativamente ponerlo en el SICAM; y como aplico beneficios para que no pague nada. GRACIAS A TODOS !!!
Buenas tardes efectivamente si tiene 2 años de exceso de edad tomas 1 año por art.19 si aporto hasta la actualidad no vas a poder aplicar art.3 saludos.
 #734735  por ana20077
 
lilita, ante todo mil gracias por responder, y gracias por tu tiempo y tu atención, perdon por mi ignorancia, pero el art. 19 de que ley así leo un poco porque recien empiezo con el tema y me falta aprender un monton. GRACIASSSSSS!!!
 #734749  por lilita09
 
ana20077 escribió:lilita, ante todo mil gracias por responder, y gracias por tu tiempo y tu atención, perdon por mi ignorancia, pero el art. 19 de que ley así leo un poco porque recien empiezo con el tema y me falta aprender un monton. GRACIASSSSSS!!!
El exceso de edad lo toma el sica o sea ej. si tu cliente tiene 2 años de exceso le corresponde 1 año y por ende vos estarías completando el resto 29 años ya sea con relación de dep y/o moratoria.
PD: deberías *leo* *leo* 24241,24476 al menos por ahora,suerte.
 #735049  por ana20077
 
GRACIAS lilita, ya estuve leyendo lo que me sugeristes, en realidad no me leí las dos leyes completas, lo que hice fué entrar al SICAM con mi clave y en la parte de situación de revista observé el listado de beneficios, hize clik en nuevo beneficio y vi las opciones entonces leí esos artículos de las leyes que me recomendastes leer. fijate si podés y si no es mucha molestia o no resulta muy atrevido de mi parte pedirte que si podes te fijes en el mensaje que recién publiqué titulado BENEFICIOS asi no escribo todo nuevamente, gracias !!!
 #735052  por ana20077
 
Gracias lilita, leí lo que me sugeristes, en realidad no leí las dos leyes completas, sino que ingrese al SICAM con mi clave fiscal y desplegue el cuadro de beneficios y leí los artículos que menciona ahí, el 38 de 24241 remite al 19. algunos conceptos no me quedaron del todo claro, mas que nada el art 3 de la 24476, por eso te pediría sino es muy atrevido de mi parte, pedirte que si tenes un minuto y podés leas el mensaje que recien publiqué, titulado BENEFICIOS, asi no escribo todo de nuevo, Gracias !!!