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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #735169  por mariabcd
 
Hola a todos, mi consulta es respecto a que cobrar en un asesoramiento laboral, a la parte trabajadora a la que la empresa despide, y le practica una liquidación, La atiendo, estudio la misma, y no solo es justa , sino que además contempla una gratificación extra, por lo cual, sugiero la acepte. El tema es que la empresa quiere firmar acuerdo en el Seclo pero con sus abogados, no quiere abonar a un abogado que no contraten ellos !!! la liquidación da aprox $130.000.
La trabajadora, acepta y no obstante ofrece abonarme por los servicios prestados, de asesoramnietno y analiss de la liquidación.
La ley, no permite cobrar a la parte trabajadora en este caso? Yo tenia pensado al menos cobrarle lo estimativo de una consulta, que opinan= gracias