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  • Que me aconsejan hacer PENSION DIRECTA?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #735264  por martha1966
 
Muy Buenas tardes estimados foristas :Estoy entre triste y enojada tenia turno para una pensión directa .señor fallece con 56 años y treinta y dos años de servicios declarados en Sipa ,solo tuvo dos empleadores en toda su vida ,primero con el padre y luego con el hijo ,en un campo como encargado hasta aquí todo bien ,pero quien sabe por que en el año 2002 aparece doble aporte el de encargado y $35 de servicio domestico por cierto este aporte no es de el ,ingreso seguro por error .En síntesis no pude ingresar el tramite en Córdoba de donde soy ,me piden que lo cargue en Sicam eso significa tener que sacar calve relacionada en AFIP.Le pregunte si voy a AFIP y desconocemos ese pago y me dicen que no me lo reciben sin Sicam hasta que no este desactivado efectivamente .No es injusto que teniendo regularidad y todo en orden con los empleadores no me ingresen por un pago que a todas luces no le pertenece ya que en ese mismo mes le aportaron con un sueldo altísimo por la actividad que desarrollaba como va a trabajar además en servicio domestico? .y si hago el Sicam tengo que inventar un empleador para ese mes y encima me dijo el jefe que puede ir a verificación aun con un mes que sobre osea estaría 8 meses más o menos paralizado esperando verificación .Que me aconsejan hacer? Desde ya muchas gracias por sus aportes siempre tan valiosos
 #735324  por lola442
 
El servicio domestico se puede renunciar sin hacer SICAM, si es del 2002 con mas razón en este caso porque corresponde pensión directa y se toman los ultimos 60 meses para el calculo del haber.
Hay una circular sobre la renuncia de servicios domestico, pero no me acuerdo el N°.
Presentá por insistencia, no hagas SICAM y solicitá renuncia a períodos de SDM alegando que fueron pagados por error y se desconoce el empleador y además no son necesarios para acceder al beneficio, ni inciden en el calculo del haber.
 #735460  por alejandra01
 
es que no te queda otra. El pago tenés que desconocerlo en afip, y tiene que aparecer en anses con el código que corresponde a la baja de ese pago.
Independientemente de ello hay una forma de dejar de lado pagos que no se quieren tomar de sdm, pero lo tuyo es inevitable. Encima todo va por sistema y ojalá te lo resuelvan rápido...