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 #735991  por JusNR
 
Buenos dias!! Agradeceria un poco de ayuda de su parte dado que me encuentro en mis primeros casos. Les comento un poco sobre uno en particular que me ha generado dudas:

El cliente se encontraba trabajando en un call center, cuando estaba por finalizar el periodo de prueba se enferma, falta al trabajo y al reintegrarse a los 3 dias del reposo indicado por certificado medico, luego de ingresar al call center sus supervisores lo apartan de su puesto de trabajo, le informan que fue despedido y que deberia haber recibido una cd indicando el despido. Le presentan una copia de la supuesta carta enviada el dia anterior a eso y el cliente la firma sin que le brinden copia alguna, indicando la fecha del dia siguiente.

Durante el tiempo laborado hubo diferencias entre lo pagado y la remuneracion que se le habia indicado verbalmente, de lo que posee una copia del email enviado reclamando tales diferencia, pero que jamas recibio respuesta por escrito. Mis dudas son las siguientes:

- Le redacte telegrama para que envie intimando plazo 48 hs se aclare situacion laboral
- Se debe abonar dias trabajados, mas preaviso ( de 15 dias) mas vacaciones proporcionales?

Algun consejo? Desde ya muchas gracias!!!

Saludos!
JusNR
 #736200  por paul78
 
Creo que estas en lo correcto en la linea que seguis.
lo que si a parte de los dias trabajados, preaviso de 15 dias, vacaciones proporcionales, creo que tambien esta el SAC proporcional y la integracion mes de despido.

saludos
 #736470  por vemat
 
Tene en cuenta la fecha de la notificacion del despido, es decir, cuando recibió tu cliente la CD. Si la recibe pasados los 3 meses, podes reclamar el 245 tambien.
saludos
 #736497  por AGB
 
Hola, necesito una ayuda, alguien me puede informar? tengo una amiga que trabaja en un call center, en la provincia de la Pampa, pues bien como todos ya saben se les paga por comercio, ahora bien, son mas de 70 u 80 empleados, ventas, cobranzas etc...no permiten que haya delegados gremiales, calculo que por la cantidad de empleados tendrian que ser por lo menos 3 o 4 delegados.
el sindicato de comercio, mira para otro lado y no dice nada, para colmo el jefe de la delegacion local del ministerio de trabajo es a su vez, el abogado del sindicato de comercio, que casualidad no? por otra parte, fui a ver a un abogado y me dijo que seria medio duro reclamar la diferencia salarial por telefonicos, pues hay muy poca jursiprudencia por el momento, ya que en esta zona solo hay un solo call center y las que el pudo observar estan en cordoba y son de empresas de telefonia y que tienen su call center, por eso fueron encuadrados los despidos, en telefónicos.
Me mostró varios recalamos rechazados , en todo el país , bah solo me leía los títulos, rechazos a demandas por reclamo de diferencia de haberes. etc....
La pregunta es: 1ª que se puede hacer contra el sindicato de comercio que deja a los trabajadores a la deriva?
le cabe alguna demanda? 2ª se le puede reclamar al call center la diferencia salarial , y que los jueces no la rechacen por no ser una empresa que directamente es de labor telefónica? 3ª hay mas jurisprudencia reciente en que los call center demandados no sean de telecom o telefónica y que si sean call center particulares , por llamarlos de alguna forma?, desde ya muchas gracias.
Creo que acá en esta zona los empleados del call center , están en el horno.