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  • EJECUCION DE ALIMENTOS ATRASADOS

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #736926  por Eri88
 
Hola foristas!!
En un divorcio se homologaron alimentos a favor de la ex mujer. Fue en el año 1993, en Pcia. de Buenos Aires.Él debia depositar en el Bco. Pcia. Nunca cumplio. Eso lo acredite por medio de oficio a Bco. Ahora la Sra. quiere ejecutar, preguntas:
1) Es correcto si lo presento en el mismo expte. o no?
2) El Código Procesal (Art. 645 CPCCBA o 648 CPCCN) establece un trámite específico para la ejecución de sentencia de alimentos, en el que no son indispensables ni la liquidación ni la citación de venta.- Lo que no entiendo es: si no es necesario acompañar la liquidación al momento de intimación (como sabe el intimado el detalle de deuda, por asi decirlo) o se acostumbra a denunciar simplemente el monto adeudado no prescripto con mas los intereses ? Es preferible que la presente :?:
3) Si bien basta la intimación judicial del obligado para proceder al embargo y la realización de los bienes.- Ese pedido de embargo y denuncia del bien a embargar recién lo hago cdo. el demandado intimado no pague o no?
Desde ya muchisissimas gracias :!: :!: :!:
 #737025  por kantaclaro
 
Primero deberás denunciar incumplimiento, practicar liq. e intimar a su pago bajo apercib. de ejecución (todo ello en el expte. del divorcio).
La ejecución es posible que lo debas hacer por incdte. Saludos
 #737058  por Eri88
 
Muchas gracias!! A ver si me quedo claro: En el primer escrito:
- denuncio la falta de cumplimiento de la cuota,
- practico la liquidacion detallada de capital mas intereses, -
- pido traslado de la liquidación,
- bajo apercibimiento de ejecucion

Luego espero a ver como transcurre, si no paga:
- denuncio bien a embargar y
- pido embargo sobre esas sumas

Gracias!!!!!