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  • OBTENER NACIONALIDAD ARGENTINA

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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #736517  por jorgefelix
 
Estimados Colegas:
Paso a comentarles el caso: A es Argentino, viaja a España y contrae matrimonio con B que es Española, de esta forma A logra la nacionalidad Española por B. Ahora, A y B viajan a Argentina, pretenden hacer valer el matrimonio celebrado en España con el fin de que: Como A es Argentino y se caso con la Española B en España (entonces ahora son conyuges) ergo, a B le sea concedida la nacionalidad Argentina. Se entiende?? Ahora bienen todas las dudas:
1- Que documentacion tienen que traer de España?
2- Donde se tienen que dirigir en Argentina?
3- En Gral. Como se hace este tramite? Como logra B la nacionalidad Argentina?????
Saludos al foro y como siempre, les voy a estar muy agradecido.-
 #737008  por Marambio
 
Hay dos opciones:

1) Art. 2. inc. 1 de la ley 346 (Ley de Ciudadanía): Si B tiene 2 años de residencia permanente en el país, puede presentarse directamente en el Juzgado Federal de su domicilio y solicitar la carta de ciudadanía, independientemente de estar casada con un argentino.

2 Art. 3 del decreto 3214/84, reglamentario de la ley 346: "También podrán obtener la naturalización cualquiera sea el tiempo de su residencia los extranjeros que acrediten las siguientes circunstancias: f) Tener cónyuge o hijo argentino nativo".

El art. 4 del decreto, por su parte, enumera los requisitos: "El extranjero que desee naturalizarse argentino, deberá presentarse ante el juez federal con competencia en su domicilio. En la solicitud el interesado deberá indicar claramente su nombre y apellido paterno y materno, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad o ciudadanía de origen y domicilio. La fecha y lugar de nacimiento, la nacionalidad y ciudadanía de origen, se probaran por alguno de los siguientes medios: certificado de nacimiento, pasaporte del país originario visado por el cónsul argentino del lugar, documento nacional de identidad o cédula de identidad otorgada por la Policía Federal Argentina. En caso de impedimento material comprobado de obtener dicha documentación, se admitirá prueba supletoria a criterio del tribunal interviniente, la que deberá producirse en el mismo expediente; la residencia en el país podrá acreditarse por medio de una certificación de la Dirección Nacional de migraciones, sin perjuicio de otros medios de prueba de que pudiera disponerse."

Hay que presentarse en el Juzgado Federal de la jurisdicción. En la Capital resulta compentente la Justicia Nacional en lo Civil y Comercial Federal. En el sitio del Poder Judicial de la Nación, sección "Fueros Federales: Justicia Nacional en lo Civil y Comercial Federal", solapa "Requisitos de trámites", hay más información acerca de los requisitos y un modelo de solicitud.

Espero que sea útil.
 #737042  por jorgefelix
 
Muchas gracias Marambio por la informacion. Esto ocurrira en la ciudad de Bahia Blanca, Pcia de Bs. As. Vamos a ver como me las arreglo. Saludos.-