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  • queja o amparo por mora en prov de buenos aires?

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #737040  por guillerminaa
 
Hola! Les agradecería que me ayuden cuanto antes,el tema es así:

Una mujer que tiene iniciado expediente administrativo en el ministerio de educación ya se presentó el pronto despacho y trancurrieron mas de 30 días.
Mi consulta es si se puede: 1) pedir Queja en Provincia, 2) o amparo por mora (judicial); 3) tengo que tomar el silencio e iniciar demanda.

Gracias! *leo*
 #737702  por Alidiaz
 
No conozco el trámite en provincia, pero el Recurso de Queja creo que procedería, porque con el pronto despacho se produjo mayor evidencia del retardo de la resolución. Se interpone ante el superior jerárquico. Luego si convendría el amparo, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que pudieran proceder.
 #739311  por diegoignacio
 
presenta el amparo por mora si ya se vencio el plazo del pronto despacho, ya que te dara mas informacion ante una resolucion negativa, aveces es preferible armar bien la documental que mandarse con los ojos vendados.. ademas el amporo te lo regulan lindo y con eso dejas en falta a la administracion.
 #893046  por ronrrin
 
hola a todos tengo un caso parecido, un profesor con presumario hace 2 años!!!!!!! el hizo las presentaciones solo, presento notas pidiendo pronto despacho etc. solo en el título porque en realidad en el cuerpo del escrito nunca lo fundamento ni solicito, por lo que ví me recomiendan directamente iniciar un amparo en sede judicial por mora administrativa o primero solicito nuevamente y como corresponde un pronto despacho???
Esto es en pcia. de Bs. As..
Otra pregunta jurisdicción para presentar el amparo, departamento judicial donde este buen hombre desempeñaba sus funciones o en la Plata???
Es mi primer caso administrativo y por lo cual agradecería todo tipo de ayuda, eso incluye modelos de escrito para guiarme :mrgreen:
desde ya agradezco su respuesta.
 #893183  por diegoignacio
 
estimada creo que primero debe de informar algunas situaciones para luego poder dar un consejo:

1- esta pre sumariado? entonces hay una investigación interna del organismo para determinar alguna falta administrativa, para ello la administración debió notificar fehacientemente mediante resolucion a su cliente. Asimismo de dicha resolución se impuso alguna medida? como por ejemplo separación de tareas o no pago de haberes?

2- cual es el perjuicio de su cliente en que haya un pre sumario? ya que tecnicamente un pre sumario solo puede imponer sanciones leves como una suspension, pero son ampliamente atacables si no se cumplio debidamente el procedimiento. Piense que en derecho adminiostrativo existe la presunsion del in dubio pro administrado u operari como quiera llamarlo.

3- puntualmente poruqe su cliente la consulta? ya que si le pagan haberes y no lo separaron de sus tareas, la investigacion va de acuerdo con el procedimiento.. recuerde que bajo un sumario la investigacion permanece secreta sin poder el acusado tener contacto con el expediente en todo momento sino cuando lo citen para el descargo

espero que me responda y vemos que puede hacer
 #897367  por ronrrin
 
diegoignacio escribió:esta pre sumariado? entonces hay una investigación interna del organismo para determinar alguna falta administrativa, para ello la administración debió notificar fehacientemente mediante resolucion a su cliente. Asimismo de dicha resolución se impuso alguna medida? como por ejemplo separación de tareas o no pago de haberes?
SI ESTA PRE-SUMARIADO, desde hace un año por Resolución 100/11 esta Relevado transitoriamente de sus funciones de docente, quien cumple carga horaria al cargo de director en otro establecimiento con tareas en biblioteca.
diegoignacio escribió:2- cual es el perjuicio de su cliente en que haya un pre sumario? ya que tecnicamente un pre sumario solo puede imponer sanciones leves como una suspension, pero son ampliamente atacables si no se cumplio debidamente el procedimiento. Piense que en derecho adminiostrativo existe la presunsion del in dubio pro administrado u operari como quiera llamarlo.
si pero esta resolución fue notificada y ya esta firme desde abril de 2011, ya no corresponde revocatoria o no??? Además el informe final de la presumariante ya fue elevado para que se expida el 4/10/2011 Dirección Legal y Tecnica Educativa, en mayo de 2012 ante este organismo presento un pronto despacho solo en título porque volvia a refutar todas las acusaciones y no constituyo domicilio legal :oops: .
diegoignacio escribió:puntualmente poruqe su cliente la consulta?
si por eso es que quiere que se resuelva su situación para poder acceder a concursos y poder hacer calumnias e injurias por las falsas acusaciones a quienes participaron de esto, por lo que vi es un expediente armado lleno de contradicciones.
Diego ignacio mi pregunta concreta es presento pronto despacho como corresponde y ante el silencio presento amparo por mora para que se resuelva su situación??? porque este Sr. no quiere esperar el plazo de prescripción *leo*
gracias por tu consejo.
 #897441  por diegoignacio
 
intento un recurso de revision del acto que dispuso la medida?
 #897444  por ronrrin
 
*leo* no se hizo ningun recurso contra la medida, pregunto no estaría prescripta la posibilidad de intentar recurso por el plazo, la resolucion fue notificada el año pasado :!:
Gracias Diegoignacio espero tu guia :mrgreen: