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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #737126  por Maria C.
 
Periquita muchas gracias, o sea que la liquidacion de esta sra. esta mal, porque en ips ya tiene acordada la jubi, y aún no agregó el cese definitivo (por lo cual nunca cobro) y sigue trabajando con un sueldo de $9.000 y la jubi esta liquidada por IPS 70% con haber de $4.000.


Hay algo que no me cierra, si se jubila por la ANSES es el 82% de los $9.000. Si renuncia a la jubi otorgada por IPS y la preenta en la ANSES, porque debido al transcurso del tiempo la caja otorgante ya es la ANSES.

gracias
 #737252  por periquita
 
Estimada Maria C.
Imposible saber si la liquidación está mal, no sabemos qué documentación se presentó, ni hace cuánto tiempo, se supone que es de un trabajo de ANSES, habrá que ver si sobre el total se hacen aportes o no, etc. etc. ¿Es ése el mejor cargo?
Además no hiciste un planteo completo de un caso, sino preguntas sueltas que te respondimos.
El tema hay que analizarlo bien, no sacar presunciones.
Supongo que si el mejor cargo que eligió es de ANSES tendrá que llevar ahora, al cese el nuevo haber y le liquidarán el 70 % o lo que correspondiese del mismo.
Saludos
 #737289  por Maria C.
 
periquita gracias nuevamente y perdón por no plantear bien el caso.
con los papeles correspondientes planteo aqui la cuestión. Sra. con 16 años reconocido en IPS, el mejor cargo es directora de segunda por periodo 1984 a 1987.
- Luego tiene reconocimiento de servicios de la ANSES por 12 años, que esto fue incorporado al IPS con el fin de solicitar la jubilación.
- renuncia condicionada de la DAD al 2008,a gregada en expte de IPS
- en el GCBA trabaja desde 1995 a la actualidad (ANSES) remuneracion actual $9.000.

la jubilacion de IPS esta acordad y la liquidación dice sueldo activo $3146 70% art. 41 $2202,33, entregan el expte a la titular con el fin de que lo presente en el Gobierno de la Ciudad para agregar el cee definitivo y lapercepción de haberes.
Antes a esto hay una nota que dice: oportunamente se solicitará a la ANSES el calculo y transferencia de los aportes reconocidos a partir de 1993.

Mi duda son:
- la sra. sigue trabajando 1 año más la caja otorgante es la ANSES y se jubilará con el 82% del ultimo sueldo, puede convertir lo de IPS en reco para cambiar la caja otorgante?
- Cobrará lo que dice la liquidación de IPS $2202 o la ANSES liquida la parte que le corresponde y el haber se incrementa?
gracias
 #737375  por periquita
 
Maria C. escribió:periquita gracias nuevamente y perdón por no plantear bien el caso.
con los papeles correspondientes planteo aqui la cuestión. Sra. con 16 años reconocido en IPS, el mejor cargo es directora de segunda por periodo 1984 a 1987.
- Luego tiene reconocimiento de servicios de la ANSES por 12 años, que esto fue incorporado al IPS con el fin de solicitar la jubilación.
- renuncia condicionada de la DAD al 2008,a gregada en expte de IPS
- en el GCBA trabaja desde 1995 a la actualidad (ANSES) remuneracion actual $9.000.
Es un cargo docente???

gracias
 #737432  por maralia
 
Hola a todos, tengo dos dudas de dos casos que me vinieron a consultar y yo no me especializo en esto, por eso consulto para dar una respuesta.

primer caso: mujer 62 años. 7 años de aporte anses. 17 aportes autonomos. 15 años aportes ips como docente. tiene 6 años simultaneo de autonomos e ips. Su abogado le dijo q podia jubilarse por el ips por la automatica, para ello prescribio años de autonomos. se la denegaron. después le dijo q se podía jubilar por la ordinaria también en el ips. ahora le dice q se puede jubilar por anses como docente. entoncesss?? qué opinan por favor??

segundo caso: hombre trabajo 28 en universidad como preceptor, en el anses creo que no figura así. sin embargo la dgcye le reconoce esos años para la antiguedad. tambien tiene 15 años en el ips como docente. y dgcye le paga su antiguedad por 30 años. ahora bien se puede jubilar por el ips?', si se jubila por anses puede hacerlo como docente llevando ese cargo desde la provincia??. el hecho de que dgcye le acepte esos años le sirve de algo para el ips?? qué opinan?

les cuento que ambos casos son familares mios, por eso estoy preocupada, besos y gracias
 #738096  por periquita
 
Maria C. escribió:Hola Peri, si es un cargo docente. Saludos y gracias, buen finde.
¿Porqué no eligió ése como mejor cargo para jubilarse en el IPS?

¿Con el otro tiene alguna simultaneidad? aparentemente no
 #738102  por periquita
 
maralia escribió:Hola a todos, tengo dos dudas de dos casos que me vinieron a consultar y yo no me especializo en esto, por eso consulto para dar una respuesta.
Bienvenida al Foro


primer caso: mujer 62 años. 7 años de aporte anses. 17 aportes autonomos. 15 años aportes ips como docente. tiene 6 años simultaneo de autonomos e ips. Su abogado le dijo q podia jubilarse por el ips por la automatica, para ello prescribio años de autonomos. se la denegaron. después le dijo q se podía jubilar por la ordinaria también en el ips. ahora le dice q se puede jubilar por anses como docente. entoncesss?? qué opinan por favor??
Faltan datos para saber que le conviene, si pudiese elegir, donde va a cobrar mas; fechas, cargos, simultaneidad,
¿sigue trabajando? dónde?


segundo caso: hombre trabajo 28 en universidad como preceptor, en el anses creo que no figura así.¿así , cómo ? No sería un cargo docente para JUBILACIÓN
sin embargo la dgcye le reconoce esos años para la antiguedad. tambien tiene 15 años en el ips como docente. y dgcye le paga su antiguedad por 30 años. ahora bien se puede jubilar por el ips?', es correcto. Desde el 2005 puede

si se jubila por anses puede hacerlo como docente llevando ese cargo desde la provincia?? SI
el hecho de que dgcye le acepte esos años le sirve de algo para el ips?? NO qué opinan?
También faltan datos para orientarte MEJOR

les cuento que ambos casos son familares mios, por eso estoy preocupada, besos y gracias
 #738105  por maralia
 
periquita escribió:
maralia escribió:Hola a todos, tengo dos dudas de dos casos que me vinieron a consultar y yo no me especializo en esto, por eso consulto para dar una respuesta.
Bienvenida al Foro


primer caso: mujer 62 años. 7 años de aporte anses. 17 aportes autonomos. 15 años aportes ips como docente. tiene 6 años simultaneo de autonomos e ips. Su abogado le dijo q podia jubilarse por el ips por la automatica, para ello prescribio años de autonomos. se la denegaron. después le dijo q se podía jubilar por la ordinaria también en el ips. ahora le dice q se puede jubilar por anses como docente. entoncesss?? qué opinan por favor??
Faltan datos para saber que le conviene, si pudiese elegir, donde va a cobrar mas; fechas, cargos, simultaneidad,
¿sigue trabajando? dónde?


segundo caso: hombre trabajo 28 en universidad como preceptor, en el anses creo que no figura así.¿así , cómo ? No sería un cargo docente para JUBILACIÓN
sin embargo la dgcye le reconoce esos años para la antiguedad. tambien tiene 15 años en el ips como docente. y dgcye le paga su antiguedad por 30 años. ahora bien se puede jubilar por el ips?', es correcto. Desde el 2005 puede

si se jubila por anses puede hacerlo como docente llevando ese cargo desde la provincia?? SI
el hecho de que dgcye le acepte esos años le sirve de algo para el ips?? NO qué opinan?
También faltan datos para orientarte MEJOR

les cuento que ambos casos son familares mios, por eso estoy preocupada, besos y gracias
Hola, primero gracias por la bienvenida y gracias por responder tan rapidamente. Voy a tratar de ir contestando lo que me preguntas. voy a armar más tranqui un mensaje y lo voy a tratar de pegar a la tarde porque ahora mi bebe esta llorando y no puedo concentrarme, le voy a dar de mamar, esto de ser madre, trabajador y oido de los parientes porque sos abogada lo tenés que saber me esta matando jajajja. gracias por todo
 #738623  por lolyta
 
hola te consulto, sobre un hombre 65 años, con 21 y 3 meses de docentes, con expediente Reconocomiento, cese antes del 1994.-
Tiene además aportes como autonomos.-
mi consulta es si se puede Jubilar como docente, ya que no reune los 25 años de aportes???
Gracias
 #738859  por lolyta
 
periquita escribió:Hola lolyta

Sí. puede con los 21 y pico y completando con comunes, previo prorrateo si fuese necesario.

Saludos
ok, Periquita, gracias!!
Estuve mirando el Expte. Reco, y aparece el SIJIP de Anses donde aparecen los aportes en total suman 9 años posteriores al 1996.-
Tramito Jubi como docente, con los formularios requeridos?
en este caso no necesito llevar F 558 de SICAM verdad?
Gracias
laura
 #738959  por periquita
 
lolyta escribió: ok, Periquita, gracias!!
Estuve mirando el Expte. Reco, y aparece el SIJIP de Anses donde aparecen los aportes en total suman 9 años posteriores al 1996.-
Tramito Jubi como docente, con los formularios requeridos? SI
en este caso no necesito llevar F 558 de SICAM verdad? --SI HAY
Gracias
laura
 #738965  por lolyta
 
periquita escribió:Si, tenés que llevar SICAM sin deuda.

suerte
ok, gracias Periquita, mañana mismo saco el turno, y te cuento como me fue cuando lo presente, GRACIASSSSSSSSSSSS
*suerte*
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