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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #739118  por ana20077
 
Hola, quería preguntarles, si una vez abonado el anticipo del plan Ley 24.476, y solicitado el beneficio de Jubilacion en ANSES, con el expediente en estado 8 esperando la visita de los verificadores de SDM, las cuotas del plan que van venciendo, las cancela ANSES ??? y cuando otorgan el beneficio (Si lo otorgan, obvio) cual es la fecha desde la cual tiene derecho el beneficiario a cobrar, es decir hasta donde llega el retroactivo a la fecha del turno, de presentación del plan o del otorgamiento del beneficio u otra fecha??
Gracias
 #739133  por arielruiz86
 
Si, y el retro corre a partir de la confección del sicam 1 (determinacion de la deuda) y a veces desde la presentacion en el anses (dia del turno) cuando no se respeta el plazo de 45 dias habiles desde que se enviö el plan hasta la solicitud del turno. Y a mi todavia no me queda bien en claro si esos 45 dias se cuenta desde que se envia el plan a la afip o desde que se calculó o determinó la deuda original en el sicam 1, porque de echo no necesariamente estas deben coincidir.
 #739258  por arandu2
 
Corrijo: es desde la liquidacion del sicam.

Res. 555/10, punto:

4. VERIFICACION DEL DERECHO
1.
2.El peticionante debera presentar la deuda cancelada o sin deuda, con el resto de la documentacion en un plazo de 45 (cuarenta y cinco) dias hábiles administrativos, contados desde la fecha de generacion de la liquidacion. Vencido el término fijado precedentemente, se tendrá como fecha del pedido de la prestacion previsional el dia en que se formalice la respectiva solicitud ante la Anses, aunque no se registre deuda.


Aca debemos entender que esos 45 dias habiles son hasta el dia en que se solicita el turno. Todo se cierra hasta el dia de solicitud de turno, aún el vencimiento de la segunda cuota.

Siempre aconsejo que tengamos como libro de cabecera la normativa vigente cuando vamos a confeccionar un sicam. Esta es la Res. 555.-
Esa norma la tenemos que tener leida y releida. Nunca esta demas aprender.
O si no es muy facil no esforzarce y lanzar la pregunta al foro, para ver si hay algun gentil forista que conteste. Eso tambien demuestra la poca preocupacion por la formacion del profesional.

Espero que los foristas estaran de acuerdo con lo que expreso.

Saludos

Arandu del Portal
 #739267  por Ludmila
 
Hola colegas, está bien Arandu del Portal, tenés razón, pero este juego de preguntas y respuestas nos ayuda a recordar la normativa. Yo también la tengo presente , pero a veces me surgen terribles dudas, porque no te olvides que Anses constantemente nos atormenta con modificaciones, como justamente la nueva probatoria de Autónomos que nos cambió todo. A los que están esperando al verificador de Servicio Doméstico, yo entre ellos, les cuento que tardan 4 o 5 meses, que el empleador debe tener en cuenta justamente los períodos declarados y también piden testigos, que pueden ser los vecinos o portero del edificio, previamente consultado. Les mando un saludo.
Ludmila