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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #739300  por pabl0
 
Colegas, hoy escribo porque la verdad me encantaria poder cobrar los honorarios antes de la feria. La verdad no creo que ocurra pero bueno!
Embargue las siguientes sumas $2090 ($1900 honorarios y $190 aportes) mas los interes y costas $570. Total $2660.
Salio la sentencia ordenando el pago de $2090.
Notifique la misma al demandado.
Ahora bien, intento poder retirar los $2090 (honorarios y aportes). Pero no me queda claro si puedo hacerlo ya o primero tengo que retirar los intereses y gastos? debo presentar la liquidacion de intereses o puedo hacerlo a futuro??
Gracias.
 #739427  por Squonk
 
Si querés retirar intereses y gastos, primero tenes que hacer liquidación.
 #739759  por diegogvillamayor
 
podes pedir el retiro del capital, pero como te dijeron para intereses y gastos tenes q hacer liquidacion, correr traslado y que quede firme.