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  • aseguradora de transporte publico de pasajeros y federal

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 #739756  por inesca
 
Estimados:
Les hago una consulta porque este tema ya está volviéndome loca...
La situación es la siguiente:
Mi clienta viajaba como pasajera de un colectivo con su hija menor, el colectivo chocó con un auto y la conductora del auto murió.
Mi clienta se hizo unas lesiones leves y la nena está yendo al psicólogo desde entonces.
Lo primero que intenté fue comunicarme con la aseguradora de la empresa de colectivos... pero me dijeron que ellos no tenían por qué responsabilizarse - xq se había determinado en el expediente penal que el accidente fue por culpa de la conductora del auto...
Es uno de mis primeros casos... yo ante esta respuesta me dirigí a la aseguradora del auto e inicié por ahí un reclamo extrajudicial...
A mi clienta la revisó el medico de Federal y a la nena también, aún no sé qué porcentaje de incapacidad le dieron (aunque el médico que las acompañó me adelantó que le reconocerían un 13% más o menos)
El caso es que en Abril la familia de la conductora del auto se presenta e impugna la pericia por la cual se responsabilizaba a la chica que murió, y me trabaron ahí el reclamo extrajudicial... hasta que esto se resuelva...
El accidente ocurrió en Octubre de 2010
La impugnación es de Abril de 2011 y aún no se resuelve...
Yo estuve investigando y a la empresa de colectivos (aunque se confirme que la culpa fue de la conductora del auto) le cabe algún tipo de responsabilidad, porque en el contrato de transporte la empresa se compromete a llevar al pasajero a sano y salvo destino...

Después de toda esta perorata, La duda es la siguiente...
¿¿Puedo citar a las dos empresas aseguradoras a mediación y pedir que "alguna de las dos" le pague a mi clienta y que luego arreglen entre las empresas quién le devuelve a quién??
Si estoy diciendo una burrada por favor, no me tiren piedras!!!
Saludos
 #739848  por enzo fernando costa
 
Por supuesto que te conviene suspender el plazo de prescripción iniciando una mediación, y citando a las dos compañías, ya que para tu cliente el tema de la concurrencia o no de culpas es "res inter alios acta".
 #748538  por inesca
 
Estimados: sigo dando vueltas con este tema:
Lo voy a iniciar en Mercedes, porque lo de la mediación fracasó..
Como ya saben es el primer casito que agarro porque soy muy nueva en esto y hay cosas básicas que no sé cómo manejar...
¿la demanda la inicio contra la aseguradora del auto y contra la del colectivo... verdad?
¿Y contra la empresa de colectivos también?
Yo creo que a estas tres las tendría que incluir seguro, la duda es con respecto al chofer del colectivo... ¿a él lo debo demandar también?
y a los herederos de la chica que manejaba el otro auto? (ahí es donde peor se pone la cosa... la chica murió en el accidente y yo debería citar a sus herederos para reclamarles los daños??
¿no puedo obviar esta última parte?
¿que pasa si a ellos no los incluyo? ¿El curso de la prescripcion se interrumpe igual aunque no estén citados?
Porfa, me está costando un montón arrancar... espero respuestas!!!
 #751656  por enzo fernando costa
 
Opino que la citación de las Cías. Aseguradoras sigue el principio "accessorium sequitur principalis"; de modo que no corresponde hacerla independientemente sin la correspondiente citación del responsable del hecho. Yo me centraría en la compañía de transporte: si luego ésta quiere citar a la sucesión de la conductora occisa, allá ella. No considero imprescindible demandar al chofer, por cuanto la empleadora responde por los hechos de sus dependientes: ya se encargará ella de citarlo como tercero interesado, y a los fines de repetir lo pagado.