Hola, me surgió una duda respecto a una sra que tiene aportado en tiempo y forma sdm $55 por mes, más de 16 hs. Cuando inicio jubilación, lleno en anexo I con 4 dias, 4 horas trabajadas. ¿Le convendría haber puesto 3 dias 6 horas para no entrar en el decreto 326/56? O da lo mismo?
Hola, ese decreto rige una relación de derecho privado entre las partes (Dador de Trabajo - Empleada) y que yo sepa nada tiene que ver respecto de la jubilación, se refiere a todos los deberes y obligaciones dentro de la relación dador-trabajodor/a, enfermedad, vacaciones, aguinaldo, licencias, etc, etc, ..
saludos
