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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #740059  por GU
 
Mas alla de lo dispuesto por la 21839, Art. 24.

Cuanto se estila cobrar en una sucesion testamentaria. Represento a dos de tres. Es correcto celebrar convenio de honorarios por el 15% del valor real de los bienes que les corresponde?

Salutes!
 #740086  por kantaclaro
 
Si hay acuerdo... está bien. Saludos
 #745233  por gaston ramiro gonzalez
 
Hola. Aprovecho el hilo para sacarme una duda ( que, como en parte tiene que ver con el Derecho Laboral, seguramente GU va a saber responderme ) : Lo que vos respondiste, kantaclaro, tiene que ver con la desregulación del art. 14 la ley 24.432 ? No tiene incidencia, entonces, en el fuero laboral ( más allá de la jurisdicción territorial, ya que estamos hablando de dos leyes de fondo : LCT y la otra complementaria del Cod. Civil ), donde el art.277 de la LCT prohíbe expresamente el pacto de cuota litis que exceda el 20 % ?. Por último, la norma citada continúa diciendo que "...el que , en cada caso, requerirá ratificación personal y homologación judicial ". Algiuen me lo puede explicar ?
Muchas gracias y un abrazo a ambos.