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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #730748  por CAMI-JUAN
 
Buenas Tardes Colegas les consulto a los que litigan en pcia de bs as ya que en los juzgados de paz existe la designacion de defensores oficiales a quienes les regulan honorarios en jus.-
La pregunata es la siguiente... en le año 2009 mas exactamente marzo termine un divorcio y nunca mas lo vi.- Ahora me encuentro con que debo facturar los 6 jus regulados en el mismo para mandar dicha factura a la secretaria del ministerio público y nose si debo confeccionarla con el valor historico de esa fecha o el actual.-
Desde ya les agradezco sus respuestas.-
 #738304  por dariocmendez
 
PESOS 155. Es el valor del momento de la emisión de la factura, no del momento de regulación de honorarios. Incluso se puede actualizar la factura por modificación del valor de ius.

Ej: te regulan 6 ius, al día de hoy son pesos 930. Haces la factura por 930 y la entregás. Dentro de un mes se modifica el valor del ius, digamos a PESOS 200 retroactivo al 1 de julio. Entonces 6 ius son PESOS 1200. Pero vos tenés una factura con un valor menor. Podés hacer una factura actualizando la anterior y por la diferencia (PESOS 270, en este ejemplo hipotético).

Esta bueno que nos conozcamos los que hacemos defensoría en los juzgados de paz (generalmente no somos los abogados viejos o con casos grandes) porque hay temas poco claros y en general nadie te los sabe responder.

Por ejemplo alguno ha tenido algún caso de defensoría que haya terminado en Cámara. ¿Cómo les manejaron los honorarios en la alzada?

Saludos. Darío
 #740447  por felipe2010
 
peros sigo sin entender algo..


Se aplica el valor del jus arancelario o del jus previsional o cual ? que diferencia existe entre cada uno ?

Cual tomo ?
el de 93
123
155
o que tomo ?
 #740526  por dariocmendez
 
Actualmente tenés dos valores de ius:

Ius previsional: $ 95. Esto es el valor del anticipo de aporte previsional que tenés que hacer cada vez que inicias un juicio. Estas eximido del pago en los casos de Defensoría Oficial. En este caso Ius se interpreta como derecho de cobro que tiene la Caja de Previsión Social.

Ius arancelario: $ 155 . Esta es una unidad de medida para cotizar el valor de los honorarios. Ej: Terminás un juicio y te regulan 10 ius. Te fijas a cuanto está el ius (no es como el valor del dolar que cambia día a día, el ius se mantiene durante varios meses) y lo multiplicás por 10. En este caso $ 1550. Este es el ius que te interesa en este caso
Las otras dos cifras, $ 93 y $ 123 son antiguos valores del ius que no están más en vigencia. No les prestés atención a estás dos cifras porque están desactualizadas.

Ahora, te regulan honorarios, digamos, por ejemplo en agosto de 2010 (el ius arancelario tenía otro valor no importa que valor), hacés la factura hoy (con la fecha de hoy) por el valor de hoy del ius arancelario multiplicado por la cantidad de ius regulados

Ej: Te regularon 4 ius (arancelarios obvio). Tomás el valor actual ($ 155) y lo multiplicas por cuatro. En este caso tus honorarios van a ser $620

Saludos. Darío
 #892536  por soleni
 
Hola, consulta...
Me regularon hace veinte dias honorarios...
Lei que tengo que enviar la factura.. Pero ni idea....

Como tengo q proceder ya q es mi primera regulacion como Defensor.

Gracias!
 #892582  por dariocmendez
 
soleni escribió:Hola, consulta...
Me regularon hace veinte dias honorarios...
Lei que tengo que enviar la factura.. Pero ni idea....

Como tengo q proceder ya q es mi primera regulacion como Defensor.

Gracias!

No específicas en que jurisdicción estás, pero en el Departamento Judicial Bahía Blanca se hace así. Envías a la Dirección de Administración del Departamento Judicial la factura por el valor regulado.

Yo te recomendaría que preguntaras cuales son los detalles del trámite tanto en el Juzgado que te reguló honorarios como en la Dirección de Administración que te corresponde por el departamento judicial.

Si nos pasas más detalles quizá se te pueda ayudar.

Saludos. Darío
 #895205  por sils2005
 
Hola yo tambien trabajo en Juzgado de Paz como defensora oficial, aca la Provincia nos debe honorarios desde el mes de Noviembre de 2011, venian pagando pero ha dejado de hacerlo debido a la crisis economica que sufre la Pcia. Queria saber si en otros Departamentos esta sucediendo lo mismo. Saludos a todos y gracias.
 #895241  por dariocmendez
 
sils2005 escribió:Hola yo tambien trabajo en Juzgado de Paz como defensora oficial, aca la Provincia nos debe honorarios desde el mes de Noviembre de 2011, venian pagando pero ha dejado de hacerlo debido a la crisis economica que sufre la Pcia. Queria saber si en otros Departamentos esta sucediendo lo mismo. Saludos a todos y gracias.
Yo estoy en el Departamento Judicial Bahía Blanca y el atraso en los pagos ocurre aca támbien. Es un problema de las finanzas de la Provincia. Los defensores somos proveedores del Estado y no hacemos huelga así que nos dejan para lo último.

Esperemos que mejore

Saludos, Darío
 #1209470  por DraDieguez
 
YO TRABAJO EN EL DEPARTAMENTO JUDICIAL JUNIN, PCIA DE BUENOS AIRES COMO DEFENSORA Y ASESORA DE MENORES. A LA HORA DE FACTURAR ME ESPECIFICAN EL MONTO DE LOS IUS REGULADOS Y NUNCA RESPETAN EL VALOR FIJADO AL MOMENTO DE FACTURAR Y SI TE DESCUIDAS TAMPOCO ES EL DE LA FECHA DE LA REGULACION. OBVIAMENTE QUE SIEMPRE ES MENOR ... RE MAL
 #1240085  por JULITOABOGADO
 
e
Es así. viene la regulación con el importe y te pagan a los premios con valor histórico.
Ademas nunca supe si es el Juzgado o la el Ministerio público el que se atrasa.
un desatre
 #1245986  por fabidoc
 
Hola,
Ustedes que están en tema, si un defensor oficial inicia una sucesión y sigue su curso, quien paga los honorarios, quien representa o el Ministerio Publico? Y los gastos de la sucesión? Se trata de una sucesión cuyos herederos son la cónyuge(insana) y un hijo.