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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #743375  por herme
 
Tengo el caso de mi cuñada que en breve le debo iniciar su trámite jubilatorio. Tiene un certificado de discapacidad, pero no tiene aportes, o sea le haré por moratoria que le da justo. El problema se presenta porque el día que cobre por primera vez no va a poder ir, iría mi hermano.
La pregunta es si hay que hacerle un poder general o con carta poder para percibir ante escribano?. Esto se presenta al principio cuando inicio el trámite, debe ir mi hermano conmigo? Cómo debe ser?
 #743384  por germandf1
 
Debe ir tu hermano cuando inicias el trámite con una carta poder debidamente cumplimentada y certificada la firma de tu cuñada con escribano publico. Tenés que presentarla al principio del trámite y manifestarle al iniciador que para percibir te cargue también a tu hermano como apoderado. Ahí firma tu hermano, agregan la cp al expdte y listo.
 #743439  por herme
 
Muchas gracias Germandt¡¡¡ Haré así, porque ella no sale a la calle para nada.