Le agradeceré al que pueda orientarme un poco con un caso.
Es la pensión por fallecimiento "en actividad" de un profesor universitario nacional con más de 30 años de aporte al sistema de reparto que a su vez era investigador científico de la Provincia de Buenos Aires con alrededor de 20 años de aporte.
Según el régimen de caja otorgante debería ir por Anses pero estudiando el caso veo que el año pasado se modificó el artículo 67 de la ley provincial 9650 estableciendo una excepción a este régimen para pensiones por incapacidad o fallecimiento en actividad.
¿Alguien tuvo un caso parecido? ¿Debería solicitar pensión en el IPS?
En ese caso, ¿que debería hacer? Estoy gestionando la baja por fallecimiento en provincia y luego me darán la certificación de servicios.
¿En Anses que debería pedir? Ya tengo la certificación de servicios de la universidad nacional.
Desde ya, gracias.
Juan
Es la pensión por fallecimiento "en actividad" de un profesor universitario nacional con más de 30 años de aporte al sistema de reparto que a su vez era investigador científico de la Provincia de Buenos Aires con alrededor de 20 años de aporte.
Según el régimen de caja otorgante debería ir por Anses pero estudiando el caso veo que el año pasado se modificó el artículo 67 de la ley provincial 9650 estableciendo una excepción a este régimen para pensiones por incapacidad o fallecimiento en actividad.
¿Alguien tuvo un caso parecido? ¿Debería solicitar pensión en el IPS?
En ese caso, ¿que debería hacer? Estoy gestionando la baja por fallecimiento en provincia y luego me darán la certificación de servicios.
¿En Anses que debería pedir? Ya tengo la certificación de servicios de la universidad nacional.
Desde ya, gracias.
Juan