Hola colegas!
Les comento el caso que me llegó:
Mi cliente fue embestido por un rodado no asegurado. La culpa fue del otro (se quedó sin frenos), o sea, el juicio de daños y perjuicios es imposible de perder. Las particularidades:
- El auto no tenía seguro.
- El conductor es insolvente.
- El titular registral del auto falleció antes del choque. El sucesorio se inició y llegó hasta la declaratoria de herederos, luego se abandonó.
Mis inquietudes se relacionan con la manera en que debo demandar al titular registral del auto. ¿Debo citar a todos los herederos? ¿A título de qué dirijo la demanda hacia ellos? Porque no es que el fallecido es estrictamente deudor, ya que se encontraba fallecido al momento del choque.
Llegado el caso, ¿cómo acciono sobre el sucesorio una vez iniciada la demanda, para resguardar los bienes del acervo hereditario, ya que embargar no puedo hasta la sentencia?
Y cualquier otra recomendación que se les ocurra.
Desde ya, muchas gracias
Les comento el caso que me llegó:
Mi cliente fue embestido por un rodado no asegurado. La culpa fue del otro (se quedó sin frenos), o sea, el juicio de daños y perjuicios es imposible de perder. Las particularidades:
- El auto no tenía seguro.
- El conductor es insolvente.
- El titular registral del auto falleció antes del choque. El sucesorio se inició y llegó hasta la declaratoria de herederos, luego se abandonó.
Mis inquietudes se relacionan con la manera en que debo demandar al titular registral del auto. ¿Debo citar a todos los herederos? ¿A título de qué dirijo la demanda hacia ellos? Porque no es que el fallecido es estrictamente deudor, ya que se encontraba fallecido al momento del choque.
Llegado el caso, ¿cómo acciono sobre el sucesorio una vez iniciada la demanda, para resguardar los bienes del acervo hereditario, ya que embargar no puedo hasta la sentencia?
Y cualquier otra recomendación que se les ocurra.
Desde ya, muchas gracias


