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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #746331  por pitiamato
 
estimados: mi clienta es soltera y nacida en santiago del estero como sus 2 hermanos solteros y sus padres todos fallecidos , la sucesion se inició en la matanza. tengo las actas de defuncion del padre que murio en santiago y las partidas de nacimiento de los 3 hermanos que nacieron alla Y el acta de matrimonio de los padres que se casaron en santiago , TODAS LAS PARTIDAS LLEVAN SELLO DEL REGISTRO PUBLICO DE SANTIAGO DEL E Y FIRMA Y SELLO DEL JEFE. el juez pide que legalice los documentos citados por ante la casa de la pcia de santiago del estero o escribano de gobierno de dicha pcia. pregunto: PUEDO LEGALLIZARLOS EN EL M INISTERIO DEL INTERIOR?, DEBEN SER LAS PARTIDAS DE 2011 ? LES AGRADECERE SU COLABORACION
 #746346  por ANAMARIAP
 
Yo creo que puede -ES MAS DEBE- caminar la legalizacion ante el Ministerio del Interior. En mi cado estoy tramitando una ciudadania, y para las partidas que son de provincia me piden que la legalice allí. Un saludo, ANAMARIA
 #746356  por NORMA
 
En el Ministerio del Inteior y no necesitan ser del 2011.