Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Persona sin casa

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #746170  por byron
 
Buenas noches foristas, mi nombre es Byron y, si bien mi profesión no tiene que ver con la ley, a menudo nos encontramos con situaciones en las cuales necesitamos asesoramiento de los expertos en el tema, que desde ya, agradeceré por su colaboración

La situación en este caso no es mía, sino de una persona, la cual es oriunda de la provincia de Corrientes y, hasta el momento, no posee una casa propia, por lo que se ve obligada a alquilar en no muy buenas condiciones. Ademas, posee una familia compuesta por cuatro hijos y un esposo.

Ella lo que esta buscando es una casa, pero el banco no le cede un crédito debido a que no tiene algo que hipotecar.Ella podría afrontar un crédito, debido a que tiene un trabajo que es considerado estable.

Debido a que ella es discapacitada, fue a apelar a la defensoría del discapacitado en Lanús, recibiendo una negativa por parte de la misma entidad por escrito.Esta persona también visito al FONAVI, el instituto de la vivienda en la Plata, a la defensoría del pueblo e incluso mando cartas a la presidencia de la nación, recibiendo también negativa escrita por parte de todas las entidades mencionadas.


En la defensoria del pueblo le dijeron que lo mejor que podía hacer es buscar una vivienda abandonada o sin dueño con impuestos impagos,obtener los datos catastrales de la misma y pagar la deuda (un poco mas y le decían que necesitaba un contacto político para que le den una casa), ¿Es esto verdad?, ¿No hay algo que se pueda hacer aparte de lo que le dijeron?.

Ahora,mas allá de todo y suponiendo que ella encuentre una casa que sabe que esta abandonada, ¿De que forma se pueden obtener los datos catastrales y la deuda de la misma?,¿Que datos necesitaría?.
¿Los datos dependen de cada municipio?, a lo mejor mi pregunta es de pura ignorancia, pero ella se encuentra buscando una casa por la zona de lomas de zamora, que es donde alquila en este momento, pero de seguro extenderá la búsqueda en otros partidos.


Desde ya, muchas gracias nuevamente por su atención.

p.d: Mil perdones si coloque este post en la sección equivocada.
 #746191  por viko
 
lo que no le dijeron es que despues s busca quilombo con los dueños de la casa abandonada... y una denuncia penal por usurpacion
y la comuna o intendencia qu cobro deuda atrasada... bien, gracias.
si consigo una solucion, te la cuento por MP y vamo' y vamo'
saludos
 #746292  por leny2010
 
pienso que si de tantos organismos le denegaron esa posibilidad esta en el horno, y pienso que si usurpa algo esta delinquiendo y eso merece castigo, tal cual eso me hicieron a mi con una casa que me salio un ojo de la cara pagarle al abogado para que se fueran los okupas.
En este pais estamos como estamos porque existen estos ilicitos, lo que no creo es que le hayan sugerido que ocupe algo, esto mas vale parece una apreciacion personal disfrazada.
En lo personal yo tambien estuve en igual situacion con magra economia y alquilando por muchisimos años pero puedo decir que lo que tengo hoy lo gane gracias a mi terrible esfuerzo personal y el de mi familia, es dificil todo en este momento y cada vez sera peor por lo que creo tendra que seguir en lo mismo hasta que sus hijos trabajen.
Saludos
 #746296  por cdiriarte
 
byron escribió:Debido a que ella es discapacitada
Los Institutos de las Viviendas de las Provincias tienen un cupo para entregar viviendas, a personas discapacitadas, presentando la petición y la documentación respaldatoria.
 #746311  por leny2010
 
hola doc, esta bien eso pero parece que se lo denegaron ahora esta mal lo que puse de la apropiacion indebida??'
salu2
 #746321  por cdiriarte
 
leny2010 escribió:hola doc, esta bien eso pero parece que se lo denegaron ahora esta mal lo que puse de la apropiacion indebida??'
salu2
No está mal Leny. No había leído hasta el final. Tal parece que el consultante está buscando una línea que le permita "apropiarse" de una vivienda, aduciendo la "discapacidad" de la persona por la cual hace la consulta. La usurpación es un delito y no tiene atenuantes.
 #746326  por cdiriarte
 
Por ejemplo, el problema de la ciudad de Libertador General San Martín es un clásico problema de tierras. El pueblo está rodeado por las tierras del Ingenio Ledesma. Aparentemente no existen terrenos fiscales que pudieran entregarse a las familias con necesidad habitacional y, los que habrían sido donados o entregados en compensación de deudas tributarias, fueron "retenidos" por algunas "autoridades", jaja. La Encíclica Papal "Sollicitudo Rei Socialis", sancionada el 30 de Diciembre de 1987, en ocasión de los 40 años de la Encíclica Papal: "Populorum Progressio", sobre la preocupación social de la Iglesia, expresa en su Nº 17: "La falta de vivienda, que es un problema en sí mismo bastante grave, es digno de ser considerado como signo o síntesis de toda una serie de insuficiencias económicas, sociales, culturales o simplemente humanas; y, teniendo en cuenta la extensión del fenómeno, no debería ser difícil convencerse de cuan lejos estamos del auténtico desarrollo de los pueblos". "Entre las opiniones y actitudes opuestas a la voluntad divina y al bien del prójimo y las «estructuras» que conllevan, dos parecen ser las más características: el afán de ganancia exclusiva, por una parte; y por otra, la sed de poder, con el propósito de imponer a los demás la propia voluntad". (Sollicitudo rei socialis, núm. 37). Saludos.
 #746352  por byron
 
Entonces, por lo que me dicen no es lo mejor tomar una casa abandonada, yo mas bien pensaba que esa opción respondía a la ley pierri, pero tal parece no es así.

Tengo otra consulta si no es de molestia, a lo mejor mi idea es descabellada y por eso quería consultarla.

Tengo entendido que el articulo 14 bis habla sobre la protección integral de la familia y el derecho a una vivienda digna, mi pregunta es, con el tema de la discapacidad que posee esta persona, sumado a que tiene una familia y que ella tiene los medios para pagar un crédito, se podría ganar un juicio y que se le otorgue un crédito en el cual la propia vivienda pase a hipotecarse, es decir, que si no paga le embargan ese bien?..

Muchas gracias nuevamente
 #746366  por Romina34
 
ganar un juicio contra quien? no tiene sentido ese planteo, sería como decir hago un juicio contra alguien para que alguien obligue a alguien a que le de un hipoteca a la persona.
entiendo la situación que estará pasando la persona, pero me parece que deberán seguir intentando de acceder a algún plan de viviendas. desconozco como es el acceso, pero deberá seguir buscando por ahi, por el gobierno de la pcia, por aca no hay nada que se le pueda decir que hacer.
en todo caso acuda algún servicio de patrocinio gratuito para ver si por la vía de un amparo se puede resolver la situación de la persona, más si es discapacitada.
saludos,
 #746480  por viko
 
lo del juicio para conseguir hipoteca, no tiene pies ni cabeza.
de hecho, apropiarse de una casa abandonada (pero abandonada abandonada, res nullius) tiene mas asidero que lo del juicio.-
saludos
 #746503  por cdiriarte
 
Colegas, más allá que el comentario - consulta de byron deba ser "traducido", no debemos perder de vista que el problema planteado encierra en sí mismo el interrogante que surge claramente del thread. Así, podemos preguntarnos si sería posible interponer un Amparo que pudiera garantizarle a la peticionante el acceso a una vivienda digna como derecho de rango constitucional. Dado que, si el Estado no le permite el ejercicio de ése derecho, podría procurárselo ella misma mediante las acciones judiciales correspondientes, amparándose, también, en la función social de la vivienda. Saludos.
 #746510  por Romina34
 
yo entiendo que el amparo sería procedente, por eso mi comentario. hay varios antecedentes, aca paso un comentario del diario juidicial que es de la pcia de E. Ríos. de todos modos habrá que ver los pormenores del caso de la consulta, pero habiendo una persona discapacitada considero que podría prosperar.
saludos,


Amparo por una vivienda digna
Ordenan a la provincia de Entre Ríos y al Instituto Autárquico Provincial de la Vivienda para que otorgue una vivienda en condiciones dignas de habitabilidad, a una familia que tiene un hijo desnutrido y gravemente enfermo.
Así lo resolvió la juez Claudia Salomón al hacer lugar a la acción de amparo, dando respuesta a los padres del menor quienes desde diciembre están haciendo gestiones y necesitan “una pronta y efectiva solución a la situación de este niño que no puede esperar, dado que su estado de salud, no lo permite”, expresan los considerandos del fallo.
El caso involucra a un matrimonio que tiene un hijo de 9 años, que padece fibrosis quística, desnutrición crónica, asma crónica y toxoplasmosis. La familia solicitó la intervención de la Defensoría de Pobres y Menores Nº 2 de la provincia, debido a la controversia que había surgido con el Instituto Autárquico Provincial de la Vivienda (IAPV), y la urgencia de contar con una vivienda en condiciones dignas habiéndose demostrado los escasos ingresos de sus padres. La familia acudió a la justicia cuando vieron que fracasaban las gestiones realizadas en el Instituto, el cual les había adjudicado en tenencia provisoria una vivienda en Gualeguaychú, donde había sido trasladado el jefe de familia, un agente de la policía provincial, y la madre, una ex contratada del Consejo del Menor, y recientemente desvinculada del mismo. Desde allí les resultaba inaccesible llegar a los hospitales de Buenos Aires, Garrahan y Malbrán, centros a los que siguen concurriendo para la atención de su hijo.

Un nuevo traslado del padre a Paraná, generó la necesidad de la familia de radicarse en la capital provincial. Hacia fines de la anterior gestión de gobierno, cuando solicitaron la vivienda en Paraná, les respondieron que serían tenidos en cuenta, y que se les adjudicaría en el mes de diciembre, cuando concluyera la construcción de un plan habitacional pero que, mientras tanto debían renunciar a la casa de Gualeguaychú, donde vivían hasta ese momento, lo que efectivamente hicieron y entregaron las llaves. Sin embargo, no tuvieron novedad.

Ante la falta de respuestas y el agravamiento del estado de salud de su hijo, concurrieron a la Defensoría Nº 2, que solicitó al organismo provincial que reviera la situación. El planteo fue a partir de la “violación de los derechos constitucionales a la salud, a la vida, a la protección integral de la familia y el acceso a una vivienda digna” y a fin de “no judicializar la cuestión”.

Como la situación especial de esta familia no fue comprendida por las autoridades, fue que se entabló una demanda, para que ya sea a través del IAPV o del Estado provincial como garante último de las políticas públicas de vivienda, les sea otorgada.

El 20 de abril se hizo lugar a una medida cautelar que ordenaba que en el término de 48 horas se entregara una vivienda en calidad de tenedores precarios a esa familia pero no se ejecutó porque existían conversaciones que hacían prever una salida satisfactoria para el menor. Así también, se suspendió el plazo para contestar el amparo y se fijó uno nuevo, ante un pedido de la fiscal de Estado, la doctora Claudia Mizawak.

Finalmente, vencido el plazo, el IAPV rechazó la demanda argumentando que en caso de acceder, afectaría el derecho constitucional de igualdad ante la ley en función del listado de gente en espera por una vivienda.

Con esta respuesta, la juez Salomón dictó la sentencia en la que ordenó al Instituto y al Estado provincial para que en el término improrrogable de 48 horas otorgue la tenencia aún precaria de una vivienda en condiciones dignas de habitabilidad y en condiciones socio ambientales adecuadas a la enfermedad del niño para ser habitada por toda la familia, siendo apelada por el Estado, aunque por el efecto devolutivo deberá cumplirse. Aclara, la juez en su sentencia, que por estar en juego el cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño, de los que son garante los estados Provincial y Nacional es que se notificó al Gobierno Nacional del inicio de la demanda ya que el Estado Nacional al ratificar un tratado de esa naturaleza se obliga internacionalmente a garantizar su cumplimiento y si no lo hace a través de las leyes, jueces u organismos administrativos y se ocasiona una vulneración a ese derecho constitucional aparece la responsabilidad supranacional pues hay un comité de seguimiento de la Convención y la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.
 #746577  por cdiriarte
 
Coincido Romina, el caso de la señora tiene una salida, sólo es cuestión que pueda dirigirlo un abogado con ganas de lograrlo, cobrando sus honorarios, obvio. Espero, byron, que estos comentarios te sirvan y puedan concurrir con un abogado que lleve adelante la demanda. Saludos.
 #746591  por byron
 
Me alegra oir que la idea no es tan descabellada, de hecho fue lo primero que se me ocurrio decirle a la mujer, pero preferiria agotar todos los recursos posibles antes de llegar a un juicio. Las negativas, por suerte, de todas las entidades estan expresas por escrito, asi que supongo que probar que agoto todas las instancias resultara sencillo.

Por lo pronto, seguire buscando otra alternativa e insistiendo en el instituto provincial de la vivienda y, de seguir en las mismas condiciones, contrataremos un abogado para que inicie las acciones legales correspondientes.

Muchisimas gracias cdiriarte por traducirme y gracias a todos de corazon.

Saludos cordiales!

Byron
 #746717  por viko
 
interesante aporte Dr. CD.
la verdad, que uno pierde rapido el hilo del asunto y se niega a si mismo posibles soluciones.
si, un amparo podria andar, visto asi
o una apelacion o recurso en contencioso administrativo contra las resolucione negativas en sede administrativa. saludos