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  • PAGARE: Prueba pericial, problema

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 #74682  por jpkrajacic
 
Estimados/as: Tengo en estudio un caso que me trae de las patas, y no por lo jurídico, si no por lo pericial. Es por eso que realizo esta consultita para los que han caminado por mucho los tribu. me den un consejo o me aserquen a vislumbrar la solución.

CASO: Me viene un cliente, que también es amigo de la filia desde hace, puf antes que yo naciera, y me trae un lindo PAGARÉ para que se lo ejecute. Es sin protesto y con fecha de vencimiento (ya venció hace 2 meses) fue presentado, por mi, para el pago, el obligado me manifestó que no lo iba a pagar y que eso era trucho, que si bien la firma es de él, el había firmado una hoja (A4) en blanco. Que todo lo que estaba ahí impreso fue puesto luego.
Me voy con mi cliente y me dice, este pagaré lo recibió hace 4 años como pago de una deuda, el endosante primero, amigo de mi cliente, falleció, hace 5 meses. Mi cliente me perjura que el deudor firmó eso completo, por que así se lo dijo su amigo.
Este pagaré es una hoja A4, bastante vijita, amarillita ya, que tiene fecha de hace 7 años, esta impreso completamente en tinta negra, parece ser impreso en impresora chorro de tinta, el deudor firma abajo con birome azul con su nombre completo.

La pregunta que me hago es la siguiente:
1)Si es como dice el deudor, hay forma de saber si el texto (todo el) fue colocado luego de que este firmo una hoja en blanco ?

-------esquché (va lo leí acá) sobre pericia química, a lo que me aboqué a leer todo lo que pudiece encontrar sobre ello y en ningún momento encontré que se pueda diferenciar pericialmente si un texto impreso por impresora de tinta fue impreso en fecha diferente a la que fue firmado el documento con otro tipo de tinta (birome). Le consulté a un amigo que es bioquimico y este me dijo que todo metodo de datación química sirve para datar elementos entre si, solo y si son del mismo tipo(misma tinta), si son de diferentes tipos (diferentes tintas) me dijo que los unicos métodos son radicarbono14 y fluerescencia comparativa, y los dos datan de 100- a muchso más AÑOS, nunca menos que eso.

2)Alguien ha tenido experiencia en esto. Pues busco y busco y no encuentro.
-Ojo no es que le agregaron un cero a un numero o le agregaron una fecha, es todo un texto escrito de corrida al mismo tiempo, y luego firmado más abajo.

El pagaré es importante, y obvio mis honorarios tb, pero me preocupa que pueda irse por lo penal, y ahí que mi cliente, si es mentira quede pegado en algo.

No es que no confie, pero uno se acostumbra a escuchar a los clientes decir una cosa que no es del todo cierta, pero se la han repetido tantas veces que ya se la creen y luego zaz, te la dan por la cabeza en el tribu.

Cualquier info será bienvenida.

 #74692  por Sailaw
 
Juan, no tenes más problemas, porque no queres!!!!!!

En los titulos circulatorios, lo esencial es la forma, si està bien llenado, y su presentación es la formal exigida por la normativa, es ejecutable, y la única excepción posible es la falsedad de firma.

El ejecutivo es imparable, y no se puede entrar en la causa.

Lo cual no quiere decir que por juicio ordinario posterior, si se pueda discutir la causa y solicitar el reintegro más daños y perjuicios, y que también se pueda iniciar acción penal por estafa.

Pero en lo referente a el titulo, es perfecto para ejecutar.

Yo no me harìa mucho problema respecto a la posibilidad de juicio ordinario o penal, porque como decis ese pagaré està endosado, así que lo único que eventualmente tendría que acreditar tu cliente, es la causa de recepción del mismo en relación al endosante.

 #74954  por jfrotela
 
Como bien apunta sailaw, tu cliente se ampara en el endoso. El lo recibio perfecto y sin errores visibles (no creo que le hayan endosado una hoja en blanco firmada!!!). Por ese lado ok...

Respecto de la pericial. Es practicamente imposible que se determine en que epoca se imprimio o firmo cada parte. Una vez hice una visita guiada por la asesoria pericial de la plata, y un perito nos explico que las falsificaciones mas detectables son las enmendadas, pero respecto de la antigüedad de la tinta, solo se determinaría si la tinta sería la de frasquito y escrita con pluma (de la epoca del Virreynato del Rio de la Plata), actualmente las tintas son grasas, y no envejecen con el tiempo, son impermeables y no se cuantas cosas mas. En definitiva no se puede probar. Hay muchos que se abusan de esto. Y hay quienes se dejan abusar....

Dale tranquilo con la ejecucion que no vas a tener problemas.... Saludos. Franco

 #74986  por Ulpiano-mdp
 
Dale para adelante si la firma es del tipo, en cuanto al texto, el abuso de firma en blanco no sirve para fundar una excepcion en el juicio ejecutivo.- Por otra parte, dificulto que pueda probarlo.- Para cuando tengas que contestar la excepcion, te mando algunos fallitos pertinentes. saludos

Civil y comercial B255276

Pagaré - Requisitos. Pagaré - Emitido en blanco.

Aún cuando el actor admitiera haber completado el documento en modo alguno ello importa que reconociera haberlo hecho con abuso.No existe ningún inconveniente en que la letra de cambio, o el pagaré en su caso (art. 103, dec. ley 5965/63), sean creados con los requisitos dispositivos en blanco (salvo la denominación de su título y la firma del librador), bastando que los mismos sean completados antes de su presentación, ya que lo que no se admite porque conspira contra su validez (arts. 1ero., 2do., 101 y 102, dec. ley cit.), son los títulos definitivamente en blanco, esto es los que no se hallan debidamente completados al momento de ser presentados al cobro.

DLE 5965-63 Art. 103 | DLE 5965-63 Art. 1 | DLE 5965-63 Art. 2 | DLE 5965-63 Art. 101 | DLE 5965-63 Art. 102 |

CC0201 LP, 101955, RSD-102-4, S, 1-6-2004, Juez MARROCO (SD)
CARATULA: Navarro, Guzmán c/ Calvo, Jorge s/ Cobro sumario
PUBLICACIONES: LLBA 2004, 999



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Civil y comercial B3350408

Juicio ejecutivo - Excepción falsedad de título. Pagaré - Emitido en blanco.

Llenar las partes en blanco de un pagaré no importa adulterarlo, siendo por ende improcedente la excepción de falsedad si se la funda en la alegada existencia de abuso de firma en blanco, pues ello no significa alegación de falsedad material de las firmas o escrituras obrantes en el instrumento.-

CC0001 LM, 350, RSI-28-, I, 25-3-2003, Juez ALONSO
CARATULA: Lopez, Pablo Andrés c/ Cardenas, María Cristina s/ Cobro ejecutivo de dinero



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Civil y comercial B253246

Juicio ejecutivo - Abuso de firma en blanco.

LLenar las partes en blanco de un pagaré no importa adulterarlo pues la propia ley permite al tenedor completar el título cambiario (arts. 11 y 103, dec. ley 5965/63), si tal hecho acaece con anterioridad a su ejecución. Ello excluye la adulteración material del documento, pues cabe interpretar que se ha conferido entonces, al acreedor una suerte de mandato tácito para proceder a su llenado.

DLE 5965-63 Art. 11 | DLE 5965-63 Art. 103 |

CC0201 LP, 89886, RSD-253-98, S, 13-10-1998, Juez SOSA (SD)
CARATULA: Hernández Bustamante, Eduardo Manuel c/ Huesca Pérez, Gustavo y otro s/ Ejecutivo



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Civil y Comercial B1200246

Juicio ejecutivo - Abuso de firma en blanco.

Si se completó el documento en perjuicio del ejecutado al agregarse una fecha distinta a la de la suscripción del pagaré y un monto que no se adeuda, ello importa un abuso de firma en blanco que no puede fundar excepción alguna en el juicio ejecutivo toda vez que el incumplimiento de tal mandato tácito es propio del juicio ordinario posterior.

CC0102 BB, 100451, RSI-19-98, I, 3-3-1998
CARATULA: Diners Club Arg. S.A.C. y c/ Lasso Oscar Hugo s/ Cobro ejecutivo, hoy cobro de pesos



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Civil y comercial B2800524

Pagaré - Emitido en blanco. Juicio ejecutivo - Abuso de firma en blanco.

La integración que se haya hecho de la letra o pagaré emitidos en forma incompleta o parcialmente en blanco, en contra de los acuerdos que la determinaron y de la voluntad del emitente, no puede ser discutido en el estrecho marco cognoscitivo del juicio ejecutivo (art. 542 inc. 4º CPC).

CPCB Art. 542 Inc. 4 |

CC0000 PE, C 1626, RSD-90-95, S, 12-10-1995, Juez LEVATO (SD)
CARATULA: Tortoriello, Roberto c/ Gómez, Hugo s/ Cobro ejecutivo
PUBLICACIONES: LLBA 1996, 100

CC0000 PE, C 3266, RSD-5-00, S, 10-2-2000, Juez LEVATO (SD)
CARATULA: Miñones, Silverio c/ Paulucci, Roberto s/ Cobro ejecutivo



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Civil y Comercial B3100208

Juicio ejecutivo - Abuso de firma en blanco.

El libramiento de la letra de cambio en blanco se encuentra contemplado por ley y el mismo resulta aplicable a los pagarés, de donde resulta que la integración diversa de la estipulada, no constituye defensa admisible en el proceso ejecutivo. No existe ningún inconveniente en que la letra de cambio el pagaré en su caso, sean creados con los requisitos dispositivos en blanco (salvo la denominación del título y la firma del librador), bastando que los mismos sean completados antes de su presentación.

CC0002 AZ, 37767, RSD-94-96, S, 3-9-1996, Juez FORTUNATO (SD)
CARATULA: Cerromotor S.A. c/ Rúbare Héctor s/ Cob.Ejec. Emb.Prev.



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 #74995  por DAL
 
Juan: yo tenía entendido que lo que te marcaba la diferencia de antiguedad entre una tinta y otra era una pericia con un nombre raro que no se como es (espomerica o algo asi). Y tambien se que no sirve, me lo confirmo una perito.
Pero buscando en el google a ver si encontraba algun nombre parecido a este mirá lo que encontre!!
Una pagina web de pericias caligraficas, con un articulo a tu medida.
Divertite!!!

http://www.periciascaligraficas.com/v2. ... idosID=218

Por otra parte, no el deudor no debe alegar que la firma la puso en blanco, debe probarlo y demostrar que hubo abuso de la misma. Más que dificil. Creo que ni a Silvio Soldán le creyeron eso cuando dijo que en realidad firmó un autografo.

¿alguien sabe en que quedó eso?

 #75053  por jfrotela
 
Lo de soldan se comprobo que fue abuso y le saco fortunas al del pseudo-pagare... ni idea con que fundamentos...

 #75057  por DAL
 
En serio?????????? me parecio re mentiroso Soldan y tenía razon???

 #75096  por EL_JUAN
 
Gracias DAL, me super-re srivió,

Pero por las dudas ya empiezo a pensar una estrategia penal, pero tienen razon, ellos deberán PROBAR. ajajajajaj, mientras ya cobramos. Existe una solución más... quien quiere saber

 #75203  por Ulpiano-mdp
 
Lo que pasa que el gil que lo lleno, le puso una cifra exorbitante (era como un palo). Si no hubiera sido tan ambicioso, creo que soldan terminaba pagando.-
Saludos

 #75302  por DAL
 
Que otra solución existe Juan?????

 #75645  por EL_JUAN
 
DAL escribió:Que otra solución existe Juan?????
te l paso por MP, no vayaa ser que a alguien se le ocurra inventar una nueva apología.-

 #75683  por Ulpiano-mdp
 
Ey...Criminal, que estas tramando???

 #75687  por Sailaw
 
Juan confesame el pecado que vas a hacer!!!!!!!!!!! (confesión a futuro)

 #75688  por Sailaw
 
Si el actor en el ejecutivo hubiera sido una mujer, Soldán terminaba pagando, porque siempre paga a las mujeres!!!!!!!!

 #75705  por Ulpiano-mdp
 
jujjjuuuujjjj....seguro, y si estaba fuerte y era gato, le daba mas plata que la que decia el documento...