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  • ***PREGUNTA SOBRE LEY Y DECRETOS***

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 #747103  por MatiasD
 
Hola gente, me registre en el foro para sacarme una duda con respecto a la preponderancia entre leyes y decretos....

La ley nacional de transito 24449 con respecto a las licencias de conducir dice:

ARTICULO 16.- CLASES. Las clases de Licencias para conducir automotores son:

Clase A) Para ciclomotores, motocicletas y triciclos motorizados. Cuando se trate de motocicletas de más de 150 centímetros cúbicos de cilindrada, se debe haber tenido previamente por dos años habilitación para motos de menor potencia, excepto los mayores de 21 años


El decreto 532/09 que reglamenta dicha ley dice:

Art. 12: Clases de licencias

A.2.2: Motocicletas (incluidos ciclomotores, triciclos y cuatriciclos) de más de CIENTO CINCUENTA CENTÍMETROS CÚBICOS (150 cc) y hasta TRESCIENTOS CENTÍMETROS CÚBICOS (300 cc) de cilindrada. Previamente se debe haber tenido habilitación por DOS (2) años para una motocicleta de menor potencia, que no sea ciclomotor.


Como se puede ver, el decreto excluye la exepcion que menciona la ley.... Esto esta bien?... se podria presentar un amparo para poder sacar el registro de motos de mas de 150cc siendo mayor de 21 años y sin tener los 2 años de experiencia previa?

Desde ya les agradezco por su ayuda!
 #747172  por adrianb
 
Hola Matias, yo personalmente creo que el decreto no está en contradicción con el art. de la ley. No es que el decreto excluye la excepción de los 21 años, por el contrario no se refiere a ella pues no necesita reglamentarla. Fijate que el decreto lo que quiere es aclarar y dejar bien en claro (y pone todo el foco en ello) que cuando la ley se refiere a "motos" de menor potencia, debe entenderse "motocicletas" de menor potencia que no sean ciclomotores. Es decir, es como que te está diciendo "mirá que cuando la ley habla de motos de menor potencia no se refiere a ciclomotores". Pero te repito, lo que la ley no reglamenta no es que queda excluido, sino que es porque no necesita reglamentación debido a que es directamente operativo.
Saludos
 #747177  por MatiasD
 
Gracias por la respuesta Adrian.
Entonces, la excepcion de los mayores de 21 años, se deberia respetar?

En mi casi, hace 1 año y 5 meses que tengo registro para motos hasta 150 cc. y al ir a la municipalidad de Tres de Febrero para realizar la ampliación, me la negaron aduciendo que ellos se regian por el decreto 532/09.

Entonces, mi pregunta es: Cuales es el procedimiento para gestionar un pedido de revisión sobre su interpretación de la ley?

Perdon si soy insistente, pero estoy contra las cuerdas porque compre una moto de 250 cc. y no la puedo usar por no tener registro habilitante.

Muchas gracias!
 #747240  por adrianb
 
En primer lugar me gustaría saber si sos abogado. Si es que lo sos, yo trataría primero pedir hablar con el asesor legal del municipio (entre abogados nos entendemos, a veces, jajaj) y explicarle que te están negando algo que no dice la ley, pues ya tenés 21 años y no es necesario que acredites una licencia anterior de 2 años respecto de una moto de menor cilindrada. Si no sos abogado, deberías consultar con uno. Si por cualquier motivo que fuere no podés hablar con el asesor (no te recibe, se hace decir que no está, o bien te dice que él no puede hacer nada), pediles a esa gente de la sección tránsito que te den la negativa por escrito. Y luego que tenés esa negativa por escrito vas a tener que ver (de acuerdo a la legislación de la pcia. de bs. as. (acá ya no te puedo ayudar ya que soy de santa fe) si tenés que meter el amparo (fijate el plazo que dá la ley de allá) o un contencioso adm.-
 #747321  por MatiasD
 
Adrian, Gracias de nuevo!....
Yo no soy abogado, estoy haciendo esto por una cuestión de orgullo sobre todo, ya que fui mal tratado en la municipalidad por reclamar lo que me corresponde.... Tengo la opcion de hacer el cambio de domicilio y sacar el registro en San Martin, pero no lo voy a hacer.

En fin.... Esta tarde voy a consultar con un abogado a ver como podemos hacer...

Saludos y mil gracias!
 #747340  por adrianb
 
No hay de qué Matias....me gustaría que me comentes lo que te dice el abogado ya que me enganché con tu caso y me interesaría saber cómo termina. Saludos!
 #747781  por MatiasD
 
Bueno, hoy fuí a la Municipalidad tratar de hablar con el director de transito, cosa que me fué imposible, solo se limitaron a recibirme una nota con mala cara y sin siquiera firmarme una copia.... Luego fui a hablar con la directora de asuntos legales, la cual me recibió y muy cordialmete escucho mi caso y me dió la razón, entoces me explico como debia proceder.... Entregue una nota en mesa de entrada dirigida a legales, por la cual me dieron un nº de expediente, por el cual tengo que preguntar la semana que viene.

En fin... eso es todo por el momento.
 #748239  por adrianb
 
Buena Matias!!....viste que era así nomas.....che espero me comentes como te va la semana que viene....suerte que, como dice la gente, la ley está de tu lado!! Adelante!
 #750844  por MatiasD
 
Ya está.... me aprobaron la nota y lo pude hacer sin vueltas.... no se si el proximo tendrá q hacer lo mismo que yo, espero que no!

Mil gracias por la ayuda!