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  • Tengo que comprar años por Sicam?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #745660  por Ros
 
Tengo un cliente que tiene 26 y 3 meses aportados, con cese en el 2001, por lo cual necesito para completar 3 y 9 meses, puedo jubilarlo por la ley 24241 directamente aplicando el art 38 ( 4 años por DDJJ) sin hacer Sicam? ( que implicaria comprar 3 y 9 meses y aplicar art 3 ley 24476 sobre el mismo periodo.) Que se hace?. Me ayudan?
 #745662  por empedocles
 
No aclarás si los servicios que tiene son en relación de dependencia o autónomos. Si querés aplicar el art. 3 vas a tener que liquidar deuda, sin duda alguna.
 #745716  por noemiadriana
 
Hola, si todos los años aportados son en relacion de dependencia y no tiene inscripción en anses o afip, no te hace falta hacer sicam , le declaras los años por art. 38 en la solicitud de beneficio, esos años los podes aplicar desde los 18 años hasta el 12 de 1969, pregunta en anses donde vayas a presentarlo porque generalmente te hacen declarar una empresa inexistente por ejemplo periodo 01/1966 a 12/1969 empresa "el arbolito" y a continuación le cargas los demas servicios.
Espero te sirva la respuesta
 #745737  por Emma2011
 
noemiadriana escribió:Hola, si todos los años aportados son en relacion de dependencia y no tiene inscripción en anses o afip, no te hace falta hacer sicam , le declaras los años por art. 38 en la solicitud de beneficio, esos años los podes aplicar desde los 18 años hasta el 12 de 1969, pregunta en anses donde vayas a presentarlo porque generalmente te hacen declarar una empresa inexistente por ejemplo periodo 01/1966 a 12/1969 empresa "el arbolito" y a continuación le cargas los demas servicios.
Espero te sirva la respuesta
Hola, buenas noches, seria bueno que Ros aclare el periodo que tiene en rel.de dep.ya que puede coincidir con el que le estas indicando, en cuyo caso no podria utilizar el art.38 y tendria que hacer sicam...
 #745994  por Ros
 
Si si, me da justo, no se superpone con ningun periodo aportado. Tiene aportes a partir delaño 1974, asique los podria imputar a partir del año 1964 por at 38.- Es asi ? y entonces presento el tramite directamente sin Sicam, no? gracias
 #747407  por Emma2011
 
Ros escribió:Alguno que me de el ok!?
Verifica bien que no tenga ninguna inscripción de autónomo ni en Anses ni en Afip,si no la tiene para mi estaria correcto tu planteo.Saludos.
 #749337  por Ros
 
Bueno averigue en Anses, y me dijeron que puede aplicar art 38 desde que cumplio 18 años hasta el 68, sino hay que hacer Sicam. Me da justo asique Gracias a todos!!!