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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #748671  por MJULIA
 
HOLA FORISTAS..
ME HA SURGIDO UNA DUDA, NECESITO HACER UN RECO DE AUTONOMOS, PUEDO INVOCAR CESE FICTO? YA QUE LO NECESITO EN VIRTUD DE QUE NO PUEDO INVOCAR LA LEY 25321 (RENUNCIA) YA QUE NO TIENE 30 AÑOS DE SERVICIOS EN NACIÓN.
 #749699  por empedocles
 
Para presentar dónde? cuidado con la caja otorgante porque los períodos renunciados también se computan.-
 #749700  por jarocho
 
Por el mismo motivo que no podes invocar renuncia en un reco, no podes invocar un ficto, si podras en momento jubilatorio al alcanzar los extremos.
El reco solo reconoce realidades, no beneficios, ni pagos por acreditar