Hola a todos, tengo una consulta que hacerles y si son tan amables solicito su orientación. Una mujer viuda recientemente quiere tramitar la pensión por viudéz, ella estaba casada. Su esposo era autónomo (inscripción 10/93) pero solo tiene aportado 5 años a partir de 10/1993 y hasta 10/1998.
Fecha de nacimiento: 05/07/1956
Fecha de fall: 28/04/2011
Su viuda no recibe ningún beneficio.
DATOS ADICIONALES:
- En el SICAM figuran estos datos:
Períodos Prescriptos:
Categoría A 12/1992 05/2001 981 Autonomo
Períodos No Prescriptos:
Categoría A 06/2001 02/2007 981 Autonomo
- Los pagos de autónomos están en el SICAM.
Aquí viene mi primer duda ya que es mi primera pensión a realizar:
- Primeramente abonaría los períodos como autónomo que van del 8/01 al 4/04 y una vez que aparezcan registrados en el SICAM realizaría la situación de revista.
- La situación de revista me quedaría así:
8/74 al 9/93 =19 años y 1 mes
8/74 al 5/79 aplicaría beneficio art 3 ley 24476 (2 años por el pago de contado de autónomo que iría del 8/01 al 4/04)
Mi segunda duda es la siguiente:
Se pueden realizar los pagos de contado de la deuda de autónomo por los años que me faltan para completar los 30 años, aunque figuren en el SICAM períodos prescriptos y no prescriptos?. Espero poder haberme expresado de una forma entendible. Ansío una manito de parte de ustedes y gracias de antemano por su tiempo!!
Fecha de nacimiento: 05/07/1956
Fecha de fall: 28/04/2011
Su viuda no recibe ningún beneficio.
DATOS ADICIONALES:
- En el SICAM figuran estos datos:
Períodos Prescriptos:
Categoría A 12/1992 05/2001 981 Autonomo
Períodos No Prescriptos:
Categoría A 06/2001 02/2007 981 Autonomo
- Los pagos de autónomos están en el SICAM.
Aquí viene mi primer duda ya que es mi primera pensión a realizar:
- Primeramente abonaría los períodos como autónomo que van del 8/01 al 4/04 y una vez que aparezcan registrados en el SICAM realizaría la situación de revista.
- La situación de revista me quedaría así:
8/74 al 9/93 =19 años y 1 mes
8/74 al 5/79 aplicaría beneficio art 3 ley 24476 (2 años por el pago de contado de autónomo que iría del 8/01 al 4/04)
Mi segunda duda es la siguiente:
Se pueden realizar los pagos de contado de la deuda de autónomo por los años que me faltan para completar los 30 años, aunque figuren en el SICAM períodos prescriptos y no prescriptos?. Espero poder haberme expresado de una forma entendible. Ansío una manito de parte de ustedes y gracias de antemano por su tiempo!!
