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  • SDM RETENIDO???!!!!

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #751064  por caro J.
 
Por Dios, otra traba mas para los pagos de servicio domestico!!, jubilacion verificada, acordada, vamos al banco y estaba retenido!!no por anses si no por el agente pagador de buenos aires!!!! no entiendo nadaaaaaaaaaaaa, a alguien le paso?? estoy harta!!!!
 #751076  por hugo2
 
caro J. escribió:Por Dios, otra traba mas para los pagos de servicio domestico!!, jubilacion verificada, acordada, vamos al banco y estaba retenido!!no por anses si no por el agente pagador de buenos aires!!!! no entiendo nadaaaaaaaaaaaa, a alguien le paso?? estoy harta!!!!
Fijate bien, el agente pagador no retiene si no es por orden de anses.
 #751261  por caro J.
 
En anses me dijeron que lo retienen de Buenos Aires, no ellos
 #751289  por diegomdp
 
lo retuvo control puede ser por alguna incosistencia detectada en le proceso de cruce automatico de datos(lo mas probable) o por pedido dela propia udai que acordo el beneficio y despues pido que lo retengan por algun motivo y si le paso a alguien??? si en agosto hay arriba de 300 retenidas en julio casi 300 en junio 200 y pico y se sigue agrandando la bola.

si queres saber el motico hay un excell con los retenidos y su motivo que se actualiza mensualmente, te lo deberian haber informado en la udai, pasa que por lo que he visto no muchos saben de su existencia
 #751383  por mmmm
 
podrias decir en donde se encuentran los motivos? en donde lo buscamos? yo no sabia
 #751875  por pitiamato
 
ME PASO LO MISMO AYER!!! es de la udai de san martin, hay que presentar un recurso de reposicion con apelación en subsidio?, hay que presentar escrito en anses? ... me voy al anses ya!
 #759742  por mlaura79
 
Hola me acaba de pasar lo mismo, y estoy bastante desconcertada, jubilación con servicio doméstico denegada, con un recurso de revisión acordada y ahora le retienen el pago, les paso la circular de Anses y si alguien sabe como seguimos les agradecería.
Laura


Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
“2011 – Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad
de los Trabajadores”
Buenos Aires, 14 de abril de 2011
CIRCULAR GP Nº 26/11
BENEFICIOS RETENIDOS
INVOCACIÓN DE TAREAS EN CALIDAD DE SERVICIO DOMÉSTICO
La Gerencia Control Prestacional en el marco de las tareas de revisión y optimización de procesos que realiza, detectó beneficios en los cuales se han computado tareas en calidad de servicio doméstico, que presentan anomalías.
En atención a ello, solicitó poner en conocimiento de las áreas operativas de esta Administración, el circuito que deberán cumplimentar dichas áreas ante un beneficio que se encuentra incluido en el listado publicado en Intranet - Servicios - Ret - Retenciones aplicadas sobre la Liquidación de Beneficios Previsionales SIPA - Anomalías detectadas en SDM y proceder, según la tipología de que se trate, conforme las pautas que a continuación se detallan:
I. TIPOLOGIAS GRUPO A:
• Dador Múltiple
• Dador Jubilado con la consideración de períodos como servicio doméstico
• Dador Fallecido
• Dador Menor de Edad
• Verificaciones Dudosas/Inactivas
• Dador con posible Parentesco
Para éstos casos las áreas operativas no deben realizar acción alguna.
Los casos cuya remisión es solicitada por la Coordinación Revisión Prestaciones Pasivas, dependiente de la Gerencia Detección para su intervención y notificación al titular, deberán ser remitidos a la misma sin intervención alguna por parte de la UDAI, teniendo en cuenta que los mismos ameritan el análisis de cada situación y la caratulación de las actuaciones bajo el tipo de trámite 751, de corresponder, a partir de la retención de haberes efectuada.
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
“2011 – Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad
de los Trabajadores”
II. TIPOLOGIAS GRUPO B:
• Dador inconsistente/inválido
• Incumplimiento de Normativa
Para este universo las áreas operativas deberán proceder a:
1. Efectuar la baja por LMN del beneficio retenido.
2. Una vez visualizada la misma en RUB, operar la baja de los datos de las bases de PrPa.
3. Realizar la baja del proceso de Probatoria en SICA, y efectuar las correcciones necesarias reiniciando el proceso nuevamente.
4. Una vez cumplida la etapa de la probatoria y producido el dictamen del área legal, proceder nuevamente a la incorporación en PrPa.
La Coordinación Revisión Prestaciones Pasivas dependiente de la Gerencia Detección solicitará los trámites encuadrados en la Tipología B, transcurridos los 60 días de efectuada la retención, a fin de determinar si corresponde o no la generación del trámite 751.
IMPORTANTE: En los casos que presentan estas tipologías deberán cumplirse indefectiblemente las pautas detalladas en los puntos 1. a 4. y bajo ningún concepto deberá solicitarse el levantamiento de la marca de retención original o proceder a la reactivación del beneficio
 #759817  por Yanina Rodriguez
 
acaban de decirme en anses (130) que las SDM estan CORTADAS, por estos lugares salieron todas rechazadas....yo ya estoy diciendole a las señoras que No las tomo, y para sacarme la duda como les decia llame a anses y me dicen q no las tome...q no estan saliendo.-
no..se, si sera cuestion de esperar..vaya a saber que!!
Yanina
 #759873  por mmmm
 
tengo dos que volvieron a la udai de origen ayer, despues de dar vueltas por cuanto lugar se les antojo, vamos a ver que pasa, me cache en die
 #760143  por diegomdp
 
Yanina Rodriguez escribió:acaban de decirme en anses (130) que las SDM estan CORTADAS, por estos lugares salieron todas rechazadas....yo ya estoy diciendole a las señoras que No las tomo, y para sacarme la duda como les decia llame a anses y me dicen q no las tome...q no estan saliendo.-
no..se, si sera cuestion de esperar..vaya a saber que!!
Yanina
no creas todo lo que te dicen, las sdm si bien son un carma, no estan cortadas hay una bateria de normativas aplicables al caso, lo que pasa que no hya muchos empelados de anses capacitados para enteder loq eu estan haciendo, entonces ante la duda deniegan, sumado a los atropeelos de control, es un boom explisivo, igual como todo despues de un año de convivir con los controles de sdm ya cada uno sbae donde se puede presentar y donde no y si apesar de presentar donde se debe te la deniegan tener los suficientes argumentos para llegar a la instancia que sea y no dejarlas abandonadas como hacen la moyoria.

El sdm no es para improvisados *leo*