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  • Apelación en relación y con efecto diferido

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #752546  por jeanvaljean02
 
En una demanda por régimen de visitas, soy apoderada de la parte actora (padre).
La demandada planteó la excepción de falta de personería y la perdió, pero el juzgado, en el incidente de la excepción, resolvió: "costas por su orden". Apelé la resolución de costas, me lo concedieron así: "Concédese la apelación en relación, con efecto suspensivo y diferido".
Bueno, esa decisión del juzgado fue de diciembre 2010. Yo pensé que entonces, tendría que fundar el recurso en cámara oportunamente, y con relación a ese recurso, no hice más nada.
El litigio finalmente terminó en un acuerdo de régimen de visitas, homologado.
Ahora vendría, me parece, fundar el recurso.
Pienso hacerlo así, pero no estoy segura, espero ayuda:
1º) Voy a pedir regulación de honorarios.
2º) Cuando salga la resolución de honorarios entiendo que sería como la sentencia
3º) Y no se que tengo que pedir para que manden el expediente a cámara y pueda fundar el recurso.
Ayuda, por favor.
Espero no haber perdido la instancia de apelación
Gracias
JV
 #753231  por Squonk
 
Hola Jean:

El art. 247 CPCCN y CPCCRN establece que la apelación en efecto diferido se fundará, en los juicios ordinarios y sumario, en la oportunidad del artículo 260, y en los procesos de ejecución juntamente con la interposición del recurso contra la sentencia.
La apelación ya está concedida, por eso creo que tendrías que pedir simplemente la elevación de los autos al Superior.

Saludos