Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • No está en Padrón Histoico pero si en SICAM, es ampliación?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #75279  por Naná
 
Hola a todos, los consulto por lo siguiente:

Tengo un cliente : un Sr. de 65 años, (02/12/1941) que tiene algunos años de aportes en relación de dependencia, y en SICAM en Datos personales me surje una sit. de revista de 06/94 a 02/07 como Albañil (autonomo), sin embargo no se registra ningún pago por dichos períodos
y en el Padrón Historico de Autónomos de anses me dice que no hay datos con ese DNI, como si nunca hubiera estado inscripto...

Mi duda es:

Tengo que hacerle el SICAM como si jamás se hubiera inscripto???,

o debo considerar esa situacion de revista que aparece en Datos personales de SICAM, aplicarle la 25321 para poder darle 7 de DDJJ ya que entonces el último aporte sería al 08/1989 y comprar x moratoria los años que me falten pero en SICAM 2 como ampliación???

Ya que en este caso se trataría de una ampliación verdad???

Espero puedan ayudarme, muchas gracias! Naná
 #75282  por JUDITH
 
Naná escribió:Hola a todos, los consulto por lo siguiente:

Tengo un cliente : un Sr. de 65 años, (02/12/1941) que tiene algunos años de aportes en relación de dependencia, y en SICAM en Datos personales me surje una sit. de revista de 06/94 a 02/07 como Albañil (autonomo), sin embargo no se registra ningún pago por dichos períodos
y en el Padrón Historico de Autónomos de anses me dice que no hay datos con ese DNI, como si nunca hubiera estado inscripto...

Mi duda es:

Tengo que hacerle el SICAM como si jamás se hubiera inscripto???,

o debo considerar esa situacion de revista que aparece en Datos personales de SICAM, aplicarle la 25321 para poder darle 7 de DDJJ ya que entonces el último aporte sería al 08/1989 y comprar x moratoria los años que me falten pero en SICAM 2 como ampliación???

Ya que en este caso se trataría de una ampliación verdad???

Espero puedan ayudarme, muchas gracias! Naná




Si sale en datos personales es porque esta inscripto, salvo que sea un error de la afip, preguntale a tu cliente.
En el padron de autonomos de anses no te va a salir porque las inscripciones a partir del 93 se hicieron en la afip (ex dgi) esta es del 94 ahí ya no se hacian en anses.
Si realmente estuvo inscripto, tenes que respetar ese periodo,aunque no tenga pagos, y deberias tomar solo 1 año de dj.
Suerte. Judith
 #75373  por RODO-MZA
 
Naná escribió:Hola a todos, los consulto por lo siguiente:

Tengo un cliente : un Sr. de 65 años, (02/12/1941) que tiene algunos años de aportes en relación de dependencia, y en SICAM en Datos personales me surje una sit. de revista de 06/94 a 02/07 como Albañil (autonomo), sin embargo no se registra ningún pago por dichos períodos
y en el Padrón Historico de Autónomos de anses me dice que no hay datos con ese DNI, como si nunca hubiera estado inscripto...

Mi duda es:

Tengo que hacerle el SICAM como si jamás se hubiera inscripto???,

o debo considerar esa situacion de revista que aparece en Datos personales de SICAM, aplicarle la 25321 para poder darle 7 de DDJJ ya que entonces el último aporte sería al 08/1989 y comprar x moratoria los años que me falten pero en SICAM 2 como ampliación???

Ya que en este caso se trataría de una ampliación verdad???

Espero puedan ayudarme, muchas gracias! Naná
NO COMPARTO LA ÚLTIMA PARTE DE LA RESPUESTA BRINDADA POR JUDITH. LA PRIMER PARTE ES CORRECTA SOBRE LA INSCRIPCIÓN EN AFIP Y QUE NO FIGURA EN EL PADRÓN. PERO HARÍA LO QUE VOS COLOCASTE SOBRE EL CESE CON LEY 25321, TOMÁ 7 AÑOS DE DDJJ Y COMPRÁ PARA ATRÁS. SALVO QUE QUIERAS HACERLE PAGAR UNA FORTUNA A TU CLIENTE, COSA QUE MUCHOS HACEN POR DESCONOCIMIENTO.

 #75392  por Naná
 
Muchas gracias a ambos!!!
En cuanto a la diferencia de opinión entre ambos, también comparto la duda, alguién podría aclararme si:

aplicando la 25321 a los periodos no pagos de la situacion de revista original (a toda ya que jamas abono ni un solo periodo) puedo darle 7 años por DDJJ o solo puedo darle 1 de DJ, ya que no podría utilizar el cese al 08/89???

Gracias!!!

 #75418  por ADRIAN MONTENEGRO
 
Si aplicás 25321 podés tomar los 7 años-Suerte

Adrián
 #75426  por Ishtar
 
Hola, yo la haría respetando el sicam y en ampliacion compraria lo necesario...
Acordate que los años de beneficios los tenes que poner en situacion de revista de sicam 1(aunque sean periodos que irian en sicam 2) y aplicarle el beneficio y despues no ponerlos en sicam 2

Si queres armalo y lo controlamos