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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #72867  por Sant
 
El tema es el siguiente (A) estaba casado con (B), (B) fallece y a los 2 meses (A) contrae un nuevo matrimonio con (C).
(A) y (B) tuvieron una sola hija.

Al mes siguiente del fallecimiento de (B), (A) es despedido de su empleo y cobra una indemnización por despido. Esta indemnización, es un bien propio o ganancial? La hija de (A) y (B) tiene derecho a reclamar sobre la indemnización por despido que cobro su padre?

Segundo tema:
(A) tenia un seguro de vida y lo había hecho extensivo a nombre de (B), al momento de solicitarlo (A) puso su nombre como único beneficiario del mismo. Este seguro, es ganancial o propio?? La hija de (A) y (B) tiene derecho a reclamar sobre el mismo?


Saludos y muchas gracias!.
Cualquier ayuda es bienvenida :)

 #72869  por Sailaw
 
No es ganancial esa indemnización porque se devengó despues del fallecimiento de la conyuge, es propia de A

Respecto del seguro, no queda muy claro, pagan por el fallecimiento de "B"?

 #72870  por Sailaw
 
De todas maneras, si pagaran por el fallecimiento de B.

B al contratar el seguro, podia poner como beneficiario a quien se le diera la real gana, podia ser a "M" o a "Z", y en cuyo caso cobrarian M o Z. no reviste el caracter hereditario, no entra en la sucesión porque es un crédito que se devenga a favor del beneficiario, con abstracción de ser marido o familiar o amante. no tiene importancia eso es otra cosa.

 #72877  por Sant
 
Muchas gracias Sailaw, la duda con respecto a la indemnización me surge a raíz de que quizas la hija podia reclamar el porcentual de la indemnización correspondiente a los años que habia estado casada su madre con su padre. Mas que nada preguntaba por si habia jurisprudencia en donde hubieran fallado de este modo.

Por ultimo y con respecto al seguro de vida me resulto raro que el beneficiario del mismo pueda ser elegido por otra persona sin el consentimiento del asegurado.

Saludos y Muchas gracias de nuevo!
Sant.

 #72901  por Sailaw
 
Lo que pasa es que la Indemnización si bien tiene como base de calculo, la antiguedad en la empresa, no es un derecho que surge por ese solo hecho, sino por el despido injustificado, y mira al futuro, es decir da al despedido una forma de mantenerse hasta que consiga otro trabajo, es decir que surge en el momento del despido, y si el mismo se produce una vez disuelto el matrimonio por muerte de la conyuge, no reviste el caracter de ganancial.

 #75409  por Pato272727
 
Lo único que te podría reclamar la hija es una recompensa por las primas de seguro pagadas con fondos gananciales